De inmediato, la Titular del organismo dispuso se proceda a la notificación respectiva al fiscal General del Estado, Washington Pesántez, para que a partir del sábado 27 de marzo decurra el período de prueba de 15 días para que ejerza su legítimo derecho a la defensa y presente las pruebas de descargo que considere pertinente. También se notificará a los asambleístas solicitantes, para que aporten con las pruebas de cargo.
Invitó a todos los integrantes de la Comisión de Fiscalización a participar en el período de prueba, ya que existen solicitudes para comparecencias, notificaciones, testigos y pruebas documentales que tendrán que ser verificadas.
Pidió se le faculte, en su calidad de presidenta, a autorizar las solicitudes, trámites y demás actuaciones que se requieran en el proceso, con la oportunidad y la diligencia que el caso amerita, a fin de garantizar el debido proceso y los derechos de las partes.
Como se recuerda, la asambleísta María Paula Romo, con el respaldo de 33 firmas de su bancada (PAIS), acusó al Fiscal General, encargado, de falta de probidad e imparcialidad en el cumplimiento de sus funciones; de incumplimiento de sus funciones y responsabilidades específicas dentro de la etapa preprocesal y procesal penal de las personas que tienen fuero y en la conducción de las políticas generales de la Fiscalía para lograr sanciones justas e impedir la impunidad; de violar las normas legales y constitucionales en relación con la selección de los funcionarios de la Fiscalía, según un proceso de méritos y oposición y aquellas obligaciones de aplicar el régimen disciplinario interno de la Fiscalía.
Además, de haber diseñado y reformado reglamentos y la estructura interna de la Fiscalía con el objeto de favorecer a determinadas personas y no, necesariamente, con un criterio de funcionamiento técnico y eficiente de la Fiscalía; en lugar de estructurar y dirigir la Fiscalía para perseguir el delito y proteger a las víctimas, el doctor Pesántez ha organizado la estructura de la Fiscalía según sus intereses personales, decidiendo de manera arbitraria cómo proceder en cada caso o a quién se “persigue” y a quién se “protege”, entre otras actuaciones reñidas con la Constitución y la ley.
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