Comisión de Justicia recomienda amnistía para 6 ciudadanos

Lunes, 05 de abril del 2010 - 21:58 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado, enmarcada en el Art. 120, numeral 13, de la Constitución y 99 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, presentó informe favorable para que se pueda otorgar amnistía a varios ciudadanos que participaron en la toma del Municipio del Cantón Salinas, el año 2005.

El organismo legislativo, presidido por María Paula Romo, recomienda a la Asamblea Nacional conceda la amnistía por delitos políticos a favor de Drino Nieto, Roosevelt Collins, Hortensia de los Ángeles Obando Erazo, Miguel Arturo Revelo González, Pedro Hugo Panchana Laínez y Samuel Vera Matías.

Para tal efecto, recibió en comisión general al asambleísta Jimmy Pinoargote y al alcalde de Salinas, Paúl Borbor, quienes expusieron las razones de su apoyo a dicha solicitud formulada por Drino Nieto en mayo y octubre de 2009 y comentaron la realidad en la que se encuentran los peticionarios y sus respectivas familias.

Análisis

La Comisión, en su informe, precisó que durante los sucesos del 27 de febrero de 2005, el ambiente social y político en Salinas era inestable y conflictivo, producto de las disputas entre los simpatizantes de los dos candidatos a alcaldes: Vicente Yagual y Paúl Borbor. Las disputas conllevaron a la apelación de los resultados electorales, como la alteración al orden público y la toma del Municipio del sector que duró 18 días.

El proceso iniciado contra los peticionarios presenta algunas irregularidades y claras señales de politización en todas sus etapas procesales, además en lo personal, existe la inestabilidad que han vivido las seis personas acusadas en los años posteriores al hecho, marcada por la imposibilidad de conseguir un trabajo y una residencia estable.

Bajo estos parámetros, la Comisión de Justicia consideró que los hechos descritos tienen motivaciones de carácter político, originadas por disputas y diferencias electorales entre los pobladores de la zona, por tanto el delito de que se acusa a los peticionarios, tipificado en el artículo 155 del Código Penal vigente, como delito de invasión de edificios públicos, es un delito político.

MG/pv

 

 

 

 

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