Comisión de Justicia tramita propuestas de reforma al Código de la Democracia

Jueves, 18 de noviembre del 2010 - 16:48 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado, presidida por María Paula Romo, inició el análisis de dos proyectos de reformas al Código de la Democracia atinentes a la reposición del gasto electoral y la participación de los candidatos suplentes.

El asambleísta Abdalá Bucaram Pulley propone remplazar el inciso primero del artículo 165 de la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas de la República del Ecuador, Código de la Democracia, por el siguiente: “Las autoridades electorales proclamarán electas o electos como principales a quienes hubieran sido favorecidos con la adjudicación de puestos. El dignatario electo podrá convocar para que lo reemplace provisionalmente en el organismo correspondiente, a cualquiera de los integrantes de la lista, sin requerir la excusa de los que le preceden”.

El parlamentario nacional (PRE) argumenta que dicha norma facilitará la aplicación plena de los artículos 39 y 61, numeral 3, de la Constitución referidos a los derechos de los jóvenes y de participación.

Comenta que lamentablemente en la participación de los candidatos suplentes de las dignidades pluripersonales, se ha producido una serie de tergiversaciones, que no han permitido una efectiva y democrática presencia de todos o la mayoría de integrantes de la lista que fueron puestos a consideración de la ciudadanía en el respectivo proceso electoral.

Reitera que así se incorporaría en las listas de candidatos a profesionales de distintas ramas, que serían expertos en determinados proyectos de ley; en cuyo análisis  y aprobación tendrían un papel protagónico.

Reposición del gasto electoral

Mientras los movimientos y partidos políticos trabajan en el proceso de reinscripción, los asambleístas Rocío Valarezo, Pedro de la Cruz, Rolando Panchana, Fausto Cobo, Lourdes Tibán, Aminta Buenaño, César Rodríguez, Irina Cabezas y Juan Carlos Cassinelli apoyan la necesidad de establecer transitoriamente  un mecanismo  que permita regular y cumplir la entrega del Fondo de Reposición del Gasto Electoral y del Fondo Partidario Permanente.

En tal sentido, se plantea que luego de la Disposición Transitoria Quinta del Código de la Democracia, se incluya que: “Mientras las Organizaciones Políticas cumplan lo determinado en el Art. 313 de la Ley Orgánica Electoral, durante el ejercicio fiscal de los años 2010, 2011 y 2012, según corresponda, la entrega del Fondo de Reposición del Gasto Electoral y del Fondo Partidario Permanente, se realizaría tomando en cuenta a las organizaciones políticas que participaron en el proceso electoral de 2009 y los resultados de dicho sufragio. Los mecanismos de repartición serán los mismos que se encuentran fijados en los artículos 355 y 357  de esta Ley, en todo lo que sea aplicable”.

MG/pv

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