Comisión de Régimen Económico analizó objeción a proyecto de Ley derogatoria a la Ley de Burós de Información Crediticia

Miércoles, 07 de noviembre del 2012 - 15:18 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Régimen Económico no logró aprobar el informe no vinculante de la objeción parcial del presidente de la República, Rafael Correa Delgado, al proyecto de Ley derogatoria a la Ley de Burós de Información Crediticia, en razón de que no hubo votos para sugerir el allanamiento a la propuesta del Ejecutivo.

 

El presidente de la Comisión de Régimen Económico, Francisco Velasco, convocó a los integrantes de este organismo para analizar el veto parcial. En esta reunión el asambleísta Eduardo Encalada mocionó recomendar al Pleno el allanamiento a la propuesta del Presidente de la República, Rafael Correa en virtud de que aclara el contenido de la norma.

A favor de la moción votaron los asambleístas Henry Calispa, Lorena Bravo, Francisco Velasco y Eduardo Encalada y se abstuvieron los legisladores Eduardo Bautista, Silvia Kon, Patricio Quevedo y Ramiro Terán.

Francisco Velasco señaló que si bien los informes que presentan las comisiones al Pleno de la Asamblea Nacional, cuando se trata de objeciones parciales no son vinculantes, convocó a los parlamentarios para analizar el texto del veto, a través del cual se demuestra que son cambios de forma más no de fondo y lo que hacen es aclarar el texto.

Los temas observados por el Ejecutivo son 16: Registro de Datos Crediticios; Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos; plazos para la entrega de información; procedimiento para la entrega de información, la eliminación del sustento desmaterializado de cada una de las operaciones crediticias, entre otros. Se incluye que la información crediticia también deben registrar las instituciones (IESS e ISFFA), en las que se inscriban obligaciones de pago, las que serán determinadas por resolución de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos.

Indicó que el modelo y la metodología utilizados para las referencias crediticias no podrán considerar para sus cálculos más de 6 años de la historia crediticia. Inicialmente eran 3 años; que la Dirección Nacional de Datos Públicos será la entidad encargada de administrar la base de datos de soporte del Registro Crediticio, la misma que contendrá la información crediticia de los últimos 6 años y no de 20.

Además se incluye al artículo 1611 del Código Civil, que el Directorio del Banco Central del Ecuador podrá determinar, mediante regulación y por segmentos, todos los casos en los que los pagos se imputen primeramente al capital, señaló Francisco Velasco

En síntesis, no hay cambios en los temas centrales como por ejemplo la eliminación de la central de riesgos, ni a la forma de sistematizar los datos desde la Dirección Nacional de Datos Públicos, como en los plazos para el registro crediticio porque se mantienen en tres años, concluyó.

JLVN/pv

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