Con el Libro Primero, la Comisión de Justicia reiniciará estudio del nuevo Código Penal este miércoles

Lunes, 15 de julio del 2013 - 20:05 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado, presidida por el asambleísta Mauro Andino Reinoso, reiniciará este miércoles el tramité y aprobación del informe para segundo debate del proyecto de Código Penal  (COIP). El trabajo comenzará con el Libro Primero - Infracción Penal, que contiene cuatro títulos: normas rectoras, la infracción penal en general, penas y medidas de seguridad e infracciones en particular.

Este Código tiene como finalidad, normar el poder punitivo del Estado; mantener el orden y convivencia social; tipificar las infracciones penales; juzgar a las personas con estricta observancia del debido proceso; promover la rehabilitación social de las  personas sentenciadas y la reparación integral de las víctimas.

Aplicación

Las normas de este proyecto se aplicarán a todas las personas nacionales o extranjeras que hubieren cometido infracciones penales, salvo las excepciones consagradas por el  derecho internacional.

Según el informe borrador, las infracciones de agresión a un Estado, genocidio, lesa humanidad, crímenes de guerra, desaparición forzada de personas, peculado, cohecho, concusión, enriquecimiento ilícito y los delitos contra el ambiente y la naturaleza serán imprescriptibles tanto en la acción como en la pena.

Clasificación de las infracciones

Las infracciones se clasifican en delitos y contravenciones. Delito es la infracción penal sancionada con pena privativa de libertad mayor a treinta días. Contravención es la infracción penal sancionada con pena no privativa de libertad o privativa de libertad de hasta treinta días.

Trastorno mental

La persona que al momento de cometer la infracción no tenga la capacidad de comprender la ilicitud de su conducta o de determinarse de conformidad con esta comprensión, en razón del padecimiento de un trastorno mental, no será penalmente responsable. En estos casos la o el juzgador dictará obligatoriamente una medida de seguridad.

Menores de 18 años

Las personas menores de dieciocho años en conflicto con la ley penal, estarán sometidas al Código de la Niñez y Adolescencia, de acuerdo con la propuesta.

MG/pv

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