Controversias entre comunidades serían resueltas por jueces de las respectivas jurisdicciones

Lunes, 26 de octubre del 2009 - 18:56 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El asambleísta por la provincia de Manabí, Ramón Vicente Cedeño, presentó un proyecto de reformas a la Ley de Organización y Régimen de las Comunas, considerando que este cuerpo jurídico contiene disposiciones que no están acordes con la estructura y organización de las comunidades campesinas que permitan la consecución de sus objetivos y ejercer a plenitud los derechos constitucionales para convertirse en instrumentos determinantes en el desarrollo y progreso del Ecuador.

 

La propuesta establece que las controversias en que fueren parte una o más comunidades serán conocidas y resueltas por los jueces de las respectivas jurisdicciones.

Se deroga el artículo 4 del cuerpo legal que determina que administrativamente las comunas dependen del Ministerio de Agricultura y Ganadería, por tanto, no estarán supervisados ni dirigidos por la indicada Cartera de Estado.

Para poder constituir una comuna, se plantea que es indispensable que el número de habitantes que radiquen habitualmente en ella sea no menor a cien. Tienen plazo de 180 días para enviar a las Federaciones cantonal, provincial y nacional de Comunas el listado de los comuneros que se incorporan para el cumplimiento de este requisito y no podrán pertenecer a otras comunas.

Según el proyecto, las comunidades de la jurisdicción cantonal tendrán hasta 90 días de plazo para que constituyan la Federación Cantonal respectiva. Los representantes legales de dichas federaciones tienen el plazo de 120 días para conformar la Federación provincial respectiva. Las Federaciones Provinciales de comunas legalmente constituidas tienen el plazo de hasta 180 días para constituir la Federación Nacional.

Se agrega un innumerado después del artículo 19 que prevé que el Estado, a través de las instituciones correspondientes, adoptará las medidas necesarias para transformar a las Comunidades en Cooperativas de Producción. Una vez realizada dicha transformación las comunidades se regirán por la Ley de Cooperativas.

Todas las comunas y comunidades campesinas legalmente constituidas pertenecientes a una jurisdicción cantonal formarán la Federación Cantonal de Comunas.

JLVN/pv

 

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