Convenio Técnico-Militar con Venezuela no estipula la instalación de bases militares en nuestro país: Fernando Bustamante

Jueves, 23 de diciembre del 2010 - 17:18 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la Comisión de Soberanía, Integración, Relaciones Internacionales y Seguridad Integral, Fernando Bustamante Ponce, afirmó, categóricamente, que el Acuerdo de Cooperación Técnico-Militar entre Ecuador y Venezuela no estipula, en ninguna parte, que Venezuela pueda colocar bases militares en nuestro país.

Tras precisar que Ecuador tiene suscrito alrededor de 60 convenios de esa naturaleza con Brasil, Colombia, Chile, Francia, Estados Unidos, Italia, Perú, entre otros, subrayó que ninguno de ellos contiene alguna cláusula que permita el uso del territorio nacional para la presencia de fuerzas militares de cualquier país extranjero, lo cual contrariaría la Constitución.

Comentó que la Corte Constitucional (CC), antes de emitir su dictamen previo y vinculante de constitucionalidad, revisa todos los tratados y acuerdos internacionales que tiene que ratificar la Asamblea. Si observa  que hay normas contrarias a la Carta Magna devuelve dichos convenios, por tanto, no son, ni pueden ser tramitados, peor ratificados.

Recordó el caso del acuerdo migratorio con el Perú, que tuvo que ser renegociado para ser ratificado a instancias, precisamente, de la sentencia de la Corte Constitucional.

Insistió que no es posible, bajo el actual ordenamiento jurídico, la presencia de instalaciones o personal militar permanentemente en nuestro país. Además, el Acuerdo con Venezuela no contempla la presencia de personal de inteligencia venezolana en territorio ecuatoriano.

El instrumento internacional establece acciones conjuntas, a fin de permitir que ambos países puedan colaborar en habilitar el uso de equipos o materiales destinados a la inteligencia, que es diferente a lo señalado por parte de ciertos sectores que han politizado el asunto.

Objetivos

 Las áreas de colaboración técnico-militar fijadas en el presente convenio son: prestación de servicios, encaminados a garantizar el empleo del armamento y material de defensa en los ámbitos de inteligencia militar, operaciones de paz, homologación de gastos de defensa, investigación oceanográfica y programa antártico; colaboración en las líneas de modernización, transferencia de tecnología y desarrollo de las industrias de defensa.

También se orienta a la provisión de repuestos, material y medios auxiliares para el empleo de armamento disponible, así como la ejecución de trabajos de mantenimiento técnico y reparación para aeronaves, vehículos de combate, medios navales, sistemas de defensa aérea, equipos y armamento individual; financiamiento o facilitación de créditos en caso de así requerirlo dentro de los acuerdos complementarios que se realicen entre las Partes, para los efectos de venta o provisión de materiales y servicios; intercambio académico en áreas de entrenamiento y capacitación técnico-militar; y, otras áreas de cooperación que sean acordadas.

MG/eg

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