Derecho Penal debe servir para limitar el poder punitivo del Estado: Marcela Aguiñaga

Viernes, 11 de octubre del 2013 - 17:14 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La segunda vicepresidenta de la Asamblea Nacional, Marcela Aguiñaga manifestó que el mayor objetivo del Código Orgánico Integral Penal es la actualización dogmática, acorde con las concepciones modernas.

Indicó que es fundamental establecer en la norma que el Derecho Penal debe servir para contener o limitar el poder punitivo del Estado, lo que no significa una obstrucción a la justicia, o un elemento de fomento a la impunidad, sino que representa un equilibrio entre la punición de conductas peligrosas o lesivas con el respeto de garantías básicas constitucionales, a la dignidad de la persona humana, al derecho del debido proceso y por su puesto con el derecho a la reparación a las víctimas.

La legisladora resaltó que uno de los grandes principios es el de la mínima intervención penal, que cobra vigencia sobre todo al momento en la tipificación de las conductas más relevantes como conductas graves y cuando se refiere a mecanismos de control social donde es necesario proteger ciertos bienes jurídicos como la afiliación al seguro social.

Reiteró que en la norma se sanciona las conductas peligrosas, con respeto a la dignidad de las personas, debido proceso y reparación. Aclaró que la criminalización del enriquecimiento ilícito privado responde a un mandato popular.

Cynthia Viteri indicó que entre en el período 2007 - 2011 más de 23 000 personas murieron en manos de la delincuencia, pero que solo se han dictado 1.100 sentencias condenatorias, el resto continúa en la impunidad, al tiempo de señalar que solo en Manabí en el año 2011 hubo 569 muertes violentas y solo 35 sentencias y que según estudios, en el país solo el 1% de los casos llegaba a sentencia.

Por su parte el presidente de la Comisión de Soberanía y Relaciones Internacionales, Fernando Bustamante, se refirió a varios temas relacionados con el ámbito de su competencia como los delitos vinculados al terrorismo, delitos de lesa humanidad y espionaje.

Destacó que es importante proteger la confidencialidad de la información, de la correspondencia en todas formas, a la vez que sostuvo que el espionaje es un delito grave para la mínima seguridad jurídica de las personas en su vida diaria, por lo que sugirió que en el Art. 183 se añada un texto sobre delitos de espionaje y se sancione con pena privativa de libertad y multa.

Alberto Zambrano indicó que el artículo 263 relacionado con el almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de hidrocarburos, afecta a gente de la Amazonía y frontera que almacena combustible para trabajar en el campo. Invocó a defender la vida, tal cual lo establece la Constitución,

Entre tanto Gilberto Guamangate al recordar que el tema de derecho a la vida se aprobó en la Asamblea Constituyente, manifestó que en el Código Penal no se admite caución para delitos de violencia intrafamiliar. Pidió que se revise la disposición relacionada con la huelga y movilización social.

RSA/pv

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador