Designación de delegados de la Función Legislativa para nombrar comisiones ciudadanas para elección de miembros de la Judicatura y Fiscalía, este martes

Domingo, 24 de octubre del 2010 - 12:28 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Para el martes próximo, a las 9H30, está convocada la sesión 68 del Pleno, a fin de que los asambleístas debatan en segunda las derogatorias No. 3 y 4 para la depuración de la normativa legal; así como la designación de los delegados de la Función Legislativa para formar parte de las comisiones ciudadanas de selección para la elección de los miembros del Consejo de la Judicatura y de la primera autoridad de la Fiscalía; y, el informe para segundo debate del proyecto de Ley de Defensa del Comerciante Minorista, Trabajador Autónomo y Microempresario.

 

Depuración normativa legal

La Comisión de Justicia y Estructura del Estado presentó el informe para segundo debate de los proyectos para la Depuración de la Normativa Legal No. 3 y No. 4. En el primero se derogan 198 y en el segundo 150 instrumentos legales que se encuentran obsoletos.

En los proyectos se recoge una serie de leyes, decretos leyes, decretos, reglamentos y otros instrumentos legales que están en abierta contradicción con el texto constitucional vigente, en unos casos y, en otros, han cumplido el objetivo para el cual fueron expedidos. Por tanto, no tienen razón alguna para continuar formando parte del ordenamiento jurídico ecuatoriano.

Designación

Como cuarto punto del orden del día, consta la designación  de los delegados de la Función Legislativa para formar parte de las comisiones ciudadanas de selección para la elección de los miembros del Consejo de la Judicatura y de la primera autoridad de la Fiscalía General del Estado.

Los delegados deberán cumplir los requisitos previstos en los artículos 20, 21, 56 y 57 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, así como la Resolución 015-023-2010 CPCCS (Suplemento del Registro Oficial 247, 30-VII-2010); y, no estar incursos en ninguna de las prohibiciones estipuladas en las mencionadas normas.

El artículo 56 de la Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana establece que las comisiones estarán integradas por una delegada o delegado del Ejecutivo, uno/a del Legislativo, uno/a de la Función Judicial, uno/a de la Función Electoral y uno/a de la Función de Transparencia y Control Social y por cinco representantes de las organizaciones sociales y la ciudadanía, escogidos en sorteo público de entre los treinta mejor calificados que se postulen y cumplan los requisitos que determine la ley.

Las Comisiones se conformarán de manera paritaria entre mujeres y hombres a través de sorteos previos y diferenciados para representantes de las organizaciones sociales y la ciudadanía. Las/os delegados deberán pertenecer a las Funciones del Estado que les delega y serán designados por el máximo organismo de decisión de cada una de ellas.

Defensa del comerciante minorista

En la sesión 68, también está previsto el segundo debate del proyecto de Ley de Defensa del Comerciante Minorista, Trabajador Autónomo y Microempresario, que tiene por objetivo regular las actividades de los informales en los espacios públicos.

El informe contiene 20 artículos, cuatro transitorias y una final, establece las disposiciones para proteger, regular las actividades productivas, de comercio y/o servicios de los trabajadores autónomos por cuenta propia y microempresarios, en el marco de sus derechos y obligaciones constitucionales y legales.

En el cuerpo legal se incorpora un inciso para garantizar la facultad de los gobiernos autónomos descentralizados de regular y controlar el uso del espacio público, así como también la obligación del trabajador autónomo, del comerciante minorista y del microempresario, de observar las respectivas ordenanzas municipales. Se prohíbe el decomiso y cualquier forma de confiscación; la protección a las personas naturales que se dedican a estas actividades económicas; así como la prohibición de cualquier práctica desleal de este comercio, que tienda o sea causa de violación de las ordenanzas municipales, o que produzca pérdidas a los vendedores regularizados, alza de precios de los bienes y/o servicios de desabastecimiento de productos.

JLVN

 

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador