Ejecutivo remite a la Asamblea proyecto de reformas a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas

Jueves, 28 de febrero del 2013 - 17:39 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la República, Rafael Correa Delgado, envió a la Asamblea Nacional un proyecto de reformas a la Ley de Personal de las Fuerzas Armadas, a través del cual se busca establecer que el grado militar y la clasificación por su formación sean otorgados, mediante Acuerdo Ministerial, a todos los oficiales; y, por resolución del respectivo Comandante General de Fuerza o Comandos de Fuerza, a todos los aspirantes a oficiales, personal de tropa y aspirantes de tropa.

 

Así mismo, en el cuerpo legal se determina que el “superior por antigüedad” es aquel que tiene mayor tiempo de servicio en el grado; y, que en caso de igualdad de tiempo de permanencia en el grado entre militares de la misma Fuerza, la antigüedad se determinará por el orden de ubicación, en el Acuerdo Ministerial o en la Resolución del Comando de Fuerza y la procedencia será arma, técnicos, servicios y especialistas, aclarando que, entre militares de diferente fuerza; si lo anterior no fuera aplicable, se mantendrá la antigüedad que les correspondía en el ascenso al inmediato grado anterior.

 

La propuesta platea sustituir el artículo 171, por tanto, prevé que cuando el militar se encontraré en comisión o ejerciendo funciones en el exterior y debiere ser colocado en disponibilidad o dado de baja, se ordenará su retorno al país en el plazo máximo de 30 días; y una vez en éste, se expedirá el correspondiente acuerdo o resolución.

La norma vigente establece que el grado, la clasificación por su formación y situación militar se otorgarán a los Oficiales Generales, y dentro de los Oficiales Superiores a los Coroneles y Capitanes de Navío, por decreto Ejecutivo; dentro de los Oficiales Superiores, a los Tenientes Coroneles, Capitanes de Fragata, Mayores, Capitanes de Corbeta y a los Oficiales Subalternos, mediante Acuerdo Ministerial; y, a los aspirantes a oficiales, personal de tropa y aspirantes a tropa, por resolución del respectivo Comandante General de Fuerza.

En virtud de que el Presidente de la República debe ocuparse en asuntos inherentes a su cargo y para una mayor eficiencia administrativa, el Ministerio de Defensa o los respectivos Comandantes Generales de Fuerza, según los grados militares respectivos, bien pueden manejar estos temas.

JLVN/pv

 

 

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