Ejecutivo solicita a la legislatura aprobar dos convenios

Martes, 01 de noviembre del 2011 - 20:19 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la República, Rafael Correa Delgado, remitió para aprobación de la Asamblea Nacional, dos nuevos instrumentos internacionales: Protocolo contra la Fabricación y el Tráfico Ilícito de Armas de Fuego, sus Piezas y Componentes y Municiones, que contempla la Convención de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional; y, el Acuerdo entre Ecuador y Uruguay sobre la cooperación en el ámbito de Defensa.

 

El Protocolo se aplicará a la prevención de la fabricación y el tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas, componentes, municiones, la investigación y el enjuiciamiento de los delitos tipificados con arreglo al arreglo al artículo 5 del presente documento cuando esos delitos sean de carácter transnacional y entrañen la participación de un grupo delictivo organizado.

No se aplicarán a las transacciones entre Estados ni a las transferencias estatales cuando la aplicación del instrumento pudiera perjudicar el derecho de un Estado Parte a adoptar medidas en aras de la seguridad nacional en consonancia con la Carta de las Naciones Unidas.

Según el instrumento internacional, cada Estado Parte adoptará las medidas legislativas y de otra índole necesarias para tipificar como delito a las siguientes conductas: fabricación ilícita de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones; el tráfico ilícito de armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones; la falsificación o la supresión o alteración ilícitas de las marcas de un arma de fuego.

Convenio con Uruguay

El Acuerdo entre los gobiernos de las Repúblicas de Uruguay y Ecuador sobre la Cooperación en el ámbito de Defensa, suscrito en Guayaquil el 16 de noviembre de 2010, responde al deseo de que la cooperación mutua contribuya al desarrollo de las relaciones entre ambos países, buscando fomentar la paz y prosperidad internacional, teniendo como base el estudio recíproco de asuntos de interés común.

Permite compartir conocimientos y experiencias adquiridas en el campo de operaciones, utilización de equipamiento militar de origen nacional y extranjero y en el cumplimiento de operaciones internacionales de mantenimineto de paz; compartir conocimientos en ciencia y tecnología; promover acciones conjuntas de entrenamiento e instrucción militar, ejercicios militares combinados y el correspondiente intercambio de información; y, cooperar en otras áreas en el ámbito de la defensa que puedan ser de interés común.

Ambos documentos cuentan con los dictámenes previos y vinculantes emitidos por la Corte Constitucional.

MG/pv

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