Este jueves se votará proyecto de reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa

Lunes, 19 de diciembre del 2011 - 23:01 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Para este jueves, 22 de diciembre, a las 10h00, está convocada la reinstalación de la sesión No. 115 del Pleno de la Asamblea Nacional, con el propósito de votar el proyecto de reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL).

En efecto, el presidente de la Legislatura, Fernando Cordero Cueva, convocó a la reinstalación de la sesión, una vez que el asambleísta ponente, Vicente Taiano, presentó el texto alternativo.

Contenido de la propuesta

En cuanto al trámite de la consulta prelegislativa, se plantea que las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, el pueblo afroecuatoriano y el pueblo montubio tienen derecho a ser consultados antes de la adopción de una medida legislativa que pueda afectar sus derechos colectivos, de conformidad con la Constitución y los instrumentos internacionales de derechos humanos.

Enjuiciamiento civil o penal

De acuerdo al texto propuesto, para el inicio de la instrucción fiscal o enjuiciamiento civil o penal en contra de un asambleísta, se requerirá autorización previa de la Asamblea con el voto de las dos terceras partes de sus integrantes; de no existir dicha votación afirmativa, la autorización se entenderá como negada, excepto para los casos que no se encuentren relacionados con el ejercicio de sus funciones. Si la solicitud del fiscal competente o de los jueces, según corresponda, no se contesta en el plazo de 30 días, se entenderá concedida.

También se determina que los jueces y fiscales se abstendrán de iniciar y tramitar causas civiles o penales, así como actos preparatorios, que se presenten en contra de los asambleístas, por las opiniones que emitan o por las decisiones o actos que realicen en el ejercicio de sus funciones, dentro y fuera de la Asamblea, o por los actos que realicen u opiniones que emitan en los procesos de fiscalización.

Destitución de autoridades del Legislativo

Para la destitución del cargo de cualquier autoridad de la Función Legislativa, por arrogación de funciones o por obstrucción manifiesta al cumplimiento de la LOFL, se requerirá mayoría calificada, según el texto preparado por Vicente Taiano.

Escolta Legislativa

La Escolta Legislativa estará integrada por elementos en servicio activo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional. La Escolta podrá solicitar el apoyo de cualquier otra entidad pública. El Comandante de la misma será un oficial de FFAA en grado de coronel o su equivalente, designado por el Presidente de la Asamblea de entre las ternas de oficiales, proporcionadas por el Ministro de Defensa y estará a órdenes exclusivas del Presidente de la Asamblea.                                                       

MG/pv

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