Este viernes, Pleno tratará en primer debate Ley Orgánica de Servicio Público

Miércoles, 04 de noviembre del 2009 - 19:50 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El proyecto de Ley Orgánica de Servicio Público, que tiene como objetivo propender al desarrollo profesional, técnico y personal de los servidores públicos, tendiente a garantizar el permanente mejoramiento, eficiencia, eficacia, productividad del Estado y de sus instituciones, mediante el establecimiento, funcionamiento y desarrollo de un sistema técnico de administración de recursos humanos, en igualdad de derechos y obligaciones, será tramitado este viernes 6 de noviembre,  en la sesión 13 del Pleno, convocada para las 9H00.

La normativa está dirigida a los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa, Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social; a la entidades que integran el régimen autónomo descentralizado y regímenes especiales; a los organismos y entidades creados por la Constitución o la Ley para el ejercicio de la potestad y el control estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado.

También para las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación de servicios públicos. Estarán comprendidas en el ámbito de esta Ley, a efectos de remuneraciones, derechos y obligaciones, las corporaciones, fundaciones, sociedades civiles, mercantiles con o sin fines de lucro, con o sin finalidad social o pública, cuya participación en el capital y/o patrimonio, esté compuesta,  al menos en el 50% por aportes de las instituciones del Estado, de los gobiernos autónomos descentralizados o de recursos públicos.

La propuesta establece los requisitos para el ingreso al servicio público; prohibiciones especiales para  desempeño de puestos públicos; remoción de los servidores impedidos de serlo; prohibición del pluriempleo; de reingresar al sector público; clases de nombramiento; contrato de servicios ocasionales; contrato de servicios profesionales; horarios de jornadas de trabajo; de los traslados administrativos; sanciones disciplinarias; de la clasificación de puestos; de la evaluación del desempeño;  estabilidad de los servidores idóneos; del derecho a demandar; del sistema de remuneraciones. Así mismo, sobre las pensiones vitalicias de presidentes y vicepresidentes constitucionales de la República, entre otros aspectos.

El cuerpo legal, que contiene 149 artículos, 25 disposiciones generales, cuatro finales y derogatorias, fue analizado por la Comisión de los Derechos de la Trabajadores y Seguridad Social que entregó al presidente de la Asamblea Nacional su informe para primer debate.

La presidenta del organismo legislativo, Nivea Vélez, dijo que la ley se sustenta en derecho y tiene un rostro absolutamente humano, porque contempla aspectos importantes, a la vez que reveló que se ha desechado la posibilidad de la destitución sin el debido proceso.

Agregó que en el informe también se garantiza la estabilidad de los servidores públicos para que no existan esas formas escondidas de tercerización que son los servicios ocasionales y que han dado lugar a que existan contrataciones permanentes ocasionales. Ahora fijamos como techo máximo seis meses y después de ello tendrá que extenderse el nombramiento a los servidores y servidoras en el ejercicio de la función pública, resaltó.

Al referirse a la norma que obligaba a las personas de 70 años a acogerse a la jubilación, indicó que la Comisión creyó conveniente que previamente debe hacerse una evaluación del desempeño para proceder al tema de la jubilación.

JLVN/pv

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