Inmunidad para la Comisión de la Verdad y la votación del proyecto de Ley de Registro de Datos, en la agenda de mañana

Lunes, 25 de enero del 2010 - 15:11 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

En la sesión 27 del Pleno, los asambleístas tratarán en segundo debate del proyecto de Ley de Protección e inmunidad de la Comisiónla Verdad, de conformidad con el informe favorable presentado por la Comisión de Justicia y Estructura del Estado; y posteriormente entrarán a la votación del proyecto de Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos que tiene por objetivo regular el sistema de registro de datos públicos y el acceso a la información generada en entidades públicas o privadas que realicen funciones públicas en este ámbito.

Inmunidad

Como se recuerda el Presidente de la República mediante decreto de 3 de mayo de 2007, creó la Comisión de la Verdad con la finalidad garantizar la realización de la justicia, el descubrimiento de la verdad y la reparación a las víctimas en casos de violación de derechos humanos y otros casos especiales como el llamado “caso Fybeca”.

La Comisión de Estructura del Estado consideró necesario acoger el proyecto de ley presentado por el Ejecutivo que otorga inmunidad a lo integrantes de la Comisión de la Verdad, a fin de evitar que sus integrantes se vean envueltos en innumerables acusaciones y aclaraciones judiciales, por el solo hecho de haber realizado la tarea que les fue encargada: investigar los hechos para que sean los órganos judiciales pertinentes los que lleven adelante los procesos que correspondan.

Según el informe, los miembros de la Comisión de la Verdad no serán responsables por las acciones realizadas en el ejercicio de sus funciones de investigación y gozarán de inmunidad civil y penal exclusivamente, por las conclusiones, recomendaciones, análisis y develamiento de las circunstancias constantes en su informe final y cualquier otro documento hecho público como resultado de sus investigaciones.

Ley de Datos

En el debate, se destacó que el objeto de la propuesta es organizar, regular, sistematizar e interconectar la información, garantizar la seguridad jurídica, la eficacia y eficiencia de su manejo, su publicidad, transparencia, acceso e implementación de nuevas tecnologías.

La normativa regirá para las instituciones del sector público y privado que actualmente o en el futuro administren bases o registros de datos públicos, sobre las personas naturales o jurídicas, sus bienes o patrimonio y para las usuarias o usuarios de los registros públicos.

Para tal efecto, se crea la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos, como entidad de derecho público, personería jurídica, autonomía administrativa, técnica, operativa, financiera y presupuestaria, adscrita al Ministerio de Telecomunicaciones, la cual recopilará una información que realmente sea oportuna y centralizada bajo un mismo sistema informático y, lo que es más, proteja la integridad de las personas, con sujeción a las disposiciones constitucionales.

JLVN/pv

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