Juntas parroquiales formarán parte del capital accionario, del directorio y de la Comisión Ejecutiva del Banco del Estado: Francisco Velasco

Martes, 02 de octubre del 2012 - 23:09 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la Comisión de Régimen Económico, Francisco Velasco Andrade, ponente del proyecto de reformas a la Codificación de la Ley de Régimen Monetario y Banco del Estado, explicó que mediante esta iniciativa las juntas parroquiales formarán parte del capital accionario, del directorio y de la Comisión Ejecutiva del Banco del Estado, con el fin de que puedan intervenir y ser parte activa en las decisiones que tome la entidad, tendente al desarrollo nacional, en cumplimiento de sus objetivos.

 

Recordó que el Estado se encarga de financiar programas, proyectos, obras y servicios encaminados a la provisión de servicios públicos, cuya prestación es su responsabilidad, sea directamente o por delegación a empresas mixtas.

 

Así mismo, dijo, es el Estado quien se encarga de financiar programas del sector público, calificados por el Directorio como proyectos que contribuyan al desarrollo socioeconómico nacional, por tanto, las áreas de acción se orientan hacia proyectos integrales, complementarios, de rehabilitación, como por ejemplo obras de mantenimiento vial, así como proyectos de mejoramiento de mercados, camales y otros.

Dentro de las entidades del Estado, las juntas parroquiales constituyen el nivel de gobierno más cercano a las personas, ya que de acuerdo con el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, Cootad, entre sus competencias están la de planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y los espacios públicos de la parroquia; gestionar, coordinar y administrar los servicios públicos que sean delegados o descentralizados por otros niveles de gobierno.

Velasco Andrade subrayó que la propuesta también incorpora y otorga el mismo derecho de participar en el capital accionario del Banco del Estado a los gobiernos regionales, con el fin de que al momento de su creación, de igual manera, puedan intervenir en las decisiones del organismo.

Aseguró que el Ejecutivo, para territorializar y democratizar el acceso a los recursos y servicios, planteó esta reforma, por la cual se determina que la administración superior del Banco del Estado corresponderá al Directorio, integrado por siete miembros designados de la siguiente manera: El Ministro de Finanzas, quién presidirá; un representante principal y su alterno nombrado por el Presidente de la República mediante Decreto Ejecutivo, quién presidirá en ausencia del Ministro de Finanzas; el Ministro de Desarrollo Urbano y Vivienda o su delegado; uno de las instituciones del sistema financiero público, de entre los gerentes generales de tales instituciones; uno de los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales; uno de los gobiernos autónomos descentralizados municipales; uno de los gobiernos autónomos descentralizados provinciales y organismos regionales de desarrollo.

Indicó que, luego del debate en la Comisión, basado en los aportes de la gerencia del Banco del Estado y de las juntas parroquiales, se propone que el Ministerio de Finanzas, a nombre del Estado, será propietario por lo menos del 51% de las acciones que componen el capital social del Banco del Estado. Las demás acciones quedarán abiertas a la suscripción de los gobiernos autónomos descentralizados y a las entidades, dependencias u organismos del sector público, conforme a resolución del Directorio.

Las acciones serán indivisibles, podrán ser negociables y transferibles -previa autorización del Directorio del Banco del Estado- y no podrán garantizar ni satisfacer obligaciones asumidas por los accionistas.

 

Debate

En el inicio del debate, asambleístas de diferentes tendencias políticas apoyaron la iniciativa del Ejecutivo en virtud de que los gobiernos parroquiales pondrán ser accionistas y parte directorio del Banco del Estado, lo cual permitirá a los gobiernos autónomos descentralizados cumplir con las competencias y atribuciones exclusivas en beneficio de sus pobladores.

Los asambleístas recodaron el gran aporte que significó la nueva Constitución y el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización a favor de las Juntas Parroquiales, que han sido beneficiadas de la nueva distribución de recursos económicos que les ha permitido alcanzar un mejor nivel de desarrollo local.

El Bloque del Movimiento Popular Democrático pidió que no se excluya a los trabajadores en el directorio del Banco del Estado; mientras que el asambleísta Gerónimo Yantalema manifestó que se debe tomar en cuenta a los pueblos y nacionalidades porque de acuerdo al Art. 57 de la Constitución deben tener representación en las instituciones públicas.

El legislador Marco Murillo, solicitó incluir a un representante de los regímenes especiales en el directorio del Banco del Estado en virtud de que son parte del ordenamiento territorial del país

El presidente de la Legislatura, Fernando Cordero Cueva, suspendió el debate de este tema para una próxima oportunidad.

 

JLVN-RSA/eg

 

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