La Vicepresidenta de la Comisión de Enmienda Constitucional de la Asamblea Nacional, Verónica Arias, participó en un acto académico programado por la Federación de Estudiantes Universitarios del Ecuador, de la Universidad Central y la Escuela Legislativa de la Asamblea Nacional, sobre “Implicaciones de la propuesta de Enmienda Constitucional en la vigencia del Derecho Administrativo ecuatoriano".
En el acto, que se desarrolló en el Paraninfo “Che Guevara”, de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador, la parlamentaria centró su exposición en los artículos 114, 142 y 144 de la Constitución que hablan de la participación democrática y el reconocimiento de la eficiencia a través de la reelección. Manifestó que la alternancia no implica en sí un principio, sino una regla, que puede enmendarse para permitir la candidatización sin limitaciones de ninguna clase, a fin de que el pueblo decida con libertad de entre otras opciones incluida la reelección.
Es decir, se amplía la participación democrática, afianza el derecho a elegir y ser elegido, asegura la igualdad de oportunidades, garantiza la decisión del pueblo de dar continuidad y estabilidad a quienes con sus ejecutorias han demostrado eficiencia en el ejercicio del cargo o de confiar su voto en una nueva opción, propugna la incorporación de los jóvenes al quehacer político como actores estratégicos del desarrollo, potencia y reafirma los principios de la democracia, regulando las reglas para su funcionamiento, precisó Verónica Arias.
Reiteró que la candidatización sin limitaciones, no configura una reelección indefinida, ya que el pueblo es el que toma la decisión de elegir y reelegir, más bien se fortalece el derecho a ser elegido, ya que el dignatario en funciones cuenta con la posibilidad de candidatizarse a la reelección sin atención al número de períodos que haya ejercido. Además se potencia el derecho a elegir, pues el pueblo cuenta con mayores opciones de elección, entre ellas la reelección como un voto de confianza al dignatario que ha demostrado buen desempeño.
También, se refirió a la enmienda que plantea que las Fuerzas Armadas apoyen complementariamente en la seguridad integral del Estado, lo que significa que las dos entidades de la Fuerza Pública, como son las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional implementarán acciones coordinadas para asegurar los bienes y la integridad personal de los ciudadanos y garantizar la seguridad integral que está consagrada como un deber primordial del Estado y, por tanto, es un derecho de la ciudadanía.
En este marco, expresó que la enmienda al artículo 158 de la Constitución asegura la convivencia pacífica y la prevención de la violencia; garantiza la seguridad integral como un concepto garantista; mantiene el orden público con respeto de los derechos; resguarda la integridad personal y de los bienes de las personas de manera eficaz y oportuna; optimiza los esfuerzos de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional como entidades de la Fuerza Pública del Estado que deben articular y coordinar acciones.
Verónica Arias recordó que la Asamblea Constituyente de Montecristi en ejercicio del poder constituyente originario de plenos poderes transformó el marco institucional del Estado y redactó una nueva Constitución que fue aprobada por el pueblo ecuatoriano en referéndum.
La Constitución en el artículo 441 establece expresamente como atribución de la Asamblea Nacional la modificación de la Constitución, a través del mecanismo de la enmienda, como titular del poder constituyente derivado, conferido por delegación del pueblo, por tanto, la Legislatura cuenta con la legitimidad originaria otorgada por el pueblo ecuatoriano para enmendar la Constitución, a fin de adaptarla a las exigencias y necesidades de la ciudadanía, fortaleciendo la convicción democrática y garantista de Montecristi.
Recordó que la Corte Constitucional en su dictamen determinó que la propuesta debe ser tratada mediante el procedimiento de enmienda constitucional por vía parlamentaria, por cuanto no altera la estructura fundamental ni los elementos constitutivos del Estado, ni restringe los derechos de las personas, en su lugar plantea adaptar la institucionalidad a la plena garantía de los derechos.
En este encuentro académico, Darío Vicuña, estudiante de la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad Central del Ecuador, señaló que juristas, docentes y estudiantes de Derecho de la Universidad Central están interesados en conocer lo que implican las enmiendas constitucionales; por ello, se planteó este seminario donde se expondrán diversos pensamientos críticos.
En cambio, el decano de la Facultad de Jurisprudencia, Edwin Sánchez, al dar la bienvenida a quienes participan en este taller, recordó que la Constitución entró en vigencia en el 2008 y hoy se promueven enmiendas a la misma y en ese contexto es bueno conocer el sustento legal.
El jurista Julio César Trujillo hizo un estudio de lo que es la enmienda, el cambio y modificación de la Constitución que está previsto en el artículo 441. Si bien la Corte Constitucional estableció que el procedimiento es la enmienda constitucional por vía parlamentaria, dijo no estar de acuerdo con esta resolución.
En este encuentro también estuvo presente el asambleísta Virgilio Hernández, quien explicó el alcance de temas relacionados con la reelección popular, la edad de los candidatos para Presidente y Vicepresidente de la República, el rol de las Fuerzas Armadas, la seguridad social, el rol de la Contraloría y Defensoría del Pueblo, aspectos sobre los servidores públicos y la comunicación como servicio público.
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