El Pleno de la Asamblea Nacional, en su sesión No. 117, al amparo de las disposiciones constitucionales y legales, el próximo domingo, 31 de julio de 2011, a partir de las 10h00, designará a sus principales autoridades.
Según esta norma, las y los asambleístas presentarán candidaturas a las dignidades de presidente y de los dos vicepresidentes.
Vocales del CAL
La última enmienda al artículo 10 de la LOFL determinó que: “En caso de existir más de cuatro bancadas legislativas, todas ellas podrán proponer candidatos de entre sus miembros, los cuatro vocales serán elegidos por la mayoría absoluta de la Asamblea Nacional, debiendo ser de diferentes bancadas.
En caso de no existir las bancadas legislativas suficientes para la designación de los cuatro vocales antes referidos, éstos podrán nominar a cualquier integrante de la Asamblea, que no forme parte de una bancada legislativa ya representada en el Consejo de Administración Legislativa, para completar dicho Consejo”.
Secretario (a)
La Secretaria o Secretario General y la Prosecretaria (o) General serán elegidos por la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea, y serán posesionados de manera inmediata a su elección.
Las autoridades de la Legislatura durarán dos años en sus funciones y podrán ser reelegidas.
Comisiones
En la sesión siguiente a la de instalación de la Asamblea, el Pleno aprobará la integración de las comisiones especializadas permanentes.
MG/pv