La revocatoria del mandato y homenaje a Monseñor Gonzalo López Marañón, en la agenda de mañana

Lunes, 28 de marzo del 2011 - 15:03 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Para mañana, a las 10H30, el presidente de la Asamblea Nacional, Fernando Cordero Cueva, convocó a los asambleístas a la sesión No. 98 del Pleno, a fin de tratar en segundo dabate el proyecto de reformas a la Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas (Código de la Democracia) y a la Ley Orgánica de Participación Ciudadana que regulan la revocatoria del mandato; y, rendir homenaje a Monseñor Gonzalo López Marañón.

 

Revocatoria

El debate que norma la revocatoria del mandato de las autoridades de elección popular, para evitar que se cometan excesos en el uso de este derecho, se realizará sobre la base del informe presentado por la Comisión de Gobiernos Autónomos.

El cuerpo legal recoge aspectos relacionados con la motivación que debe existir para que el proponente solicite la revocatoria del mandato. Se establecen los requisitos que debe tener la solicitud, la determinación clara y precisa del motivo por el cual se pretende ejercer este derecho. Incorpora el factor poblacional y la proporcionalidad que debe existir tanto en los porcentajes, cuanto en los plazos para la recolección de respaldos necesarios para solicitar la revocatoria, tomando en consideración la propia Constitución.

Entre los aspecto relevantes del proyecto se determina que la revocatoria deberá tener un respaldo proporcional al número de electores inscritos en el padrón de la correspondiente circunscripción. El 25% de respaldo para las circunscripciones de hasta 5.000 electores; el 20%, de 5.001 hasta 10.000 electores; 17.5%, de 10.001 hasta 50.000; 15%, de 50.001 a 150.000; 12.5%, de 150.001 hasta 300.000; y 10% para las de más de 300.000 electores.

La solicitud deberá contener la motivación que la respalde de manera clara y precisa justificando las razones en las que se sustenta. Para la recolección de firmas contarán con plazos que van desde los 60 días hasta los 180, según la circunscripción electoral. Los plazos correrán a partir del día de entrega de los formularios por parte del Consejo Nacional Electoral. Así mismo, se establece que el proceso de revocatoria se inicia formalmente cuando una autoridad electoral califica los respaldos y demás requisitos requeridos para la convocatoria y concluye con la proclamación de resultados.

También, prevé que la solicitud y entrega de formularios constituye una fase preliminar que concluirá con la calificación de los mismos por el CNE. Ninguna de las actividades previas a la calificación de los respaldos se considerará como inicio del proceso. Una persona o sujeto político podrá presentar por una sola vez una solicitud de revocatoria del mandato.

Por la importancia de la observación sobre la supuesta inconstitucionalidad respecto a los porcentajes de recolección de respaldos de acuerdo al tamaño de la circunscripción electoral, la Comisión sugiere que en este debate se analice y se tome una resolución al respecto.


Homenaje

El Pleno de la Asamblea, en la sesión 98, tiene previsto realizar un homenaje a Monseñor Gonzalo López Marañón por su valía y trabajo, al concluir su misión como Obispo de la Iglesia San Miguel de Sucumbíos, desarrollada con entrega, amor, servicio y solidaridad, que compromete el respeto y gratitud de la comunidad.


JLVN/pv

 

 

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