Ley de Burós de Información evita abusos por parte de bancos y almacenes: Francisco Velasco

Jueves, 10 de mayo del 2012 - 18:32 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la Comisión de Régimen Económico y ponente del proyecto de Ley de Buros de Información, Francisco Velasco, al indicar como funciona un buró, dijo que éstos proveen información a los agentes económicos sobre la situación crediticia de los clientes y así evitar sobre endeudamientos y agilitar la aprobación de créditos, pero que lamentablemente se utiliza esta información para negar empleos; se publican reportes con valores no contratados por el deudor principal, por ejemplo en la emisión de estados de cuentas, entre otros.

 

En este marco señaló que la Comisión propone que los buros puedan ser tanto públicos como privados, por ello, en el artículo 3 se establece que los servicios de referencias crediticias, solo podrán ser prestados por burós autorizados para operar por la Superintendencia de Bancos y Seguros. Se constituirán como sociedades anónimas o empresas públicas, cuyo objeto social exclusivo debe ser a prestación de servicios de referencias crediticias.

La información histórica crediticia de los burós de crédito sobre personas naturales y jurídicas, no podrán exceder de tres años, por tanto, a los burós de información crediticia les está prohibido expresamente recabar, mantener y proporcionar información anterior a este límite, agregó.

Dijo que los reportes que generen los burós de información crediticia harán referencia únicamente a los tres años anteriores al año en que tales reportes se emitan. Estos reportes incluirán la referencia de valores inferiores a 0.15 ($ 43.8) veces de un salario básico, por tanto, solamente podrán reportar obligaciones contraídas directamente por el deudor principal, por lo que no se podrán registrar ni reportar valores correspondientes a conceptos que no se hayan originado en operaciones de crédito directas y que no hayan sido solicitadas expresamente por el cliente.

Precisó que los datos que reposan sobre el deudor principal y que son entregados a los burós de información crediticia, serán informativos y no son vinculantes para ninguna institución pública ni privada.

Subrayó que los burós no pueden hacer constar en los reportes que emiten la calificación de las operaciones crediticias, la cual tampoco podrá ser entregada a los usuarios que pertenezcan al sector financiero ecuatoriano, al sector comercial, real o cualquier otro tipo de cliente.

Explicó que los titulares de la información crediticia podrán acceder gratuitamente, cuantas veces lo requiera, a la información que sobre sí mismos esté registrada en las bases de datos administradas por los burós. En la información que consta en los reportes crediticios incluirá la identidad de todas las personas que obtuvieron un reporte de crédito sobre el titular en los últimos dos meses, así como la fecha en que se emitieron tales reportes, concluyó.

JLVN/pv

 

 

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