Esta ley que fue publicada en el suplemento del registro oficial número 528 del 13 de febrero de 2010, establece el derecho del padre sea servidor público o trabajador del sector privado a tener licencia con remuneración en caso de paternidad a partir de la fecha de nacimiento de su hija o hijo. Si el parto es normal la licencia será de 10 días. Si el parto es múltiple o por cesárea la licencia será de 15 días.
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