Para incentivar nuevas inversiones Código de la Producción establece zonas de desarrollo económico

Viernes, 22 de octubre del 2010 - 18:35 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El proyecto de Código de la Producción, enviado por el Ejecutivo busca generar y consolidar los regulaciones que potencien, impulsen e incentiven la producción de mayor valor agregado, generen las condiciones para incrementar productividad y promuevan la transformación de la matriz productiva, facilitando la aplicación de instrumentos de desarrollo productivo, que permitan generar empleo de calidad y un crecimiento eco-eficiente y sostenible con el cuidado de la naturaleza.

En este marco, el Gobierno podrá autorizar el establecimiento de Zonas Especiales de Desarrollo Económico (ZEDE), como un destino aduanero, en espacios delimitados del territorio nacional, para fomentar las inversiones.

Las zonas especiales se instalarán en áreas geográficas delimitadas del territorio nacional, considerando la preservación del medio ambiente, territorialidad, potencialidad de cada localidad, infraestructura vial, servicios básicos, conexión con otros puntos del país o zonas fronterizas, previamente determinadas por el organismo rector en materia de desarrollo productivo; en coordinación con el ente a cargo de la planificación nacional y estarán sujetas a un tratamiento especial de comercio exterior, tributario y financiero.

Se establecen diferentes tipos de zonas especiales, unas para ejecutar actividades de transferencia y de desagregación de tecnología e innovación donde se podrá realizar todo tipo de emprendimientos y proyectos de desarrollo tecnológico, innovación electrónica, biodiversidad, mejoramiento ambiental sustentable o enérgico.

Otras, para operaciones de diversificación industrial, orientados principalmente a la exportación de bienes, con utilización de empleo de calidad y para desarrollar servicios logísticos, como almacenamiento de carga con fines de consolidación y desconsolidación, clasificación, etiquetado, empaque, reempaque, refrigeración, administración de inventarios, manejo de puertos secos o terminales interiores de carga.

Las personas naturales o jurídicas que se instalen en las zonas especiales podrán operar exclusivamente en una de las modalidades antes señaladas, o podrán diversificar sus operaciones en el mismo territorio con operaciones de varias de las tipologías antes indicadas, siempre que se justifique que la variedad de actividades responda a la facilitación de encadenamientos productivos del sector económico que se desarrolla en la zona autorizada y que la ZEDE cuente dentro de su instrumento constitutivo con la autorización para operar bajo la tipología que responde a la actividad que se desea instalar.

El control aduanero podrá efectuarse previo al ingreso, durante la permanencia de las mercancías en la zona o con posterioridad a su salida.

JLVN/pv

 

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador