Por 60 días se extiende el estado de excepción en la Asamblea Nacional

Miércoles, 11 de mayo del 2011 - 18:01 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El presidente de la República, Rafael Correa Delgado, emitió el Decreto Ejecutivo No. 759, de fecha 9 de mayo, por medio del cual se extiende por 60 días más el estado de excepción en todas las instalaciones de la Asamblea Nacional, que representa la Función Legislativa.

 

El mandatario, en la pertinente comunicación, expresa que el 30 de septiembre pasado algunos integrantes de la Policía Nacional distorsionaron severamente o abandonaron su misión de policías nacionales y por ende sus deberes consagrados en la Constitución y la Ley, mediante una insubordinación.

Comenta que a pesar del proceso intensivo de recomposición institucional del sistema de seguridad de esa función del Estado, las secuelas del tal suceso no se han podido superar, lo que podría generar conmoción interna si es que la Asamblea Nacional no pudiese ejercer a plenitud las atribuciones y facultades que les confiere la Carta Magna y la Ley.

El Jefe de Estado enfatiza que la movilización nacional y militar de las Fuerzas Armadas es para garantizar la soberanía nacional, el orden interno y la seguridad ciudadana y humana en todas las instalaciones de la Asamblea en esta ciudad de Quito.

Bajo estos parámetros, el Ejecutivo dispone al Ministro de Defensa que, a través del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, ejecute un plan de contingencia con la finalidad de que sus efectivos intervengan en la situación producida para garantizar a la Asamblea Nacional las condiciones de seguridad necesaria para que pueda ejercer a plenitud sus atribuciones y facultades constitucionales y legales, así como garantizar la seguridad interna, ciudadana y humana, derechos tutelados por la Constitución; de los asambleístas, personal de la entidad y ciudadanos y habitantes del Ecuador que acuden a las instalaciones de la institución.

El período de duración de este estado de excepción es de sesenta días (60) a partir de la suscripción del presente decreto ejecutivo. El ámbito territorial de aplicación es en la ciudad de Quito en todas las instalaciones de la Asamblea.

El Ministerio de Finanzas situará los recursos suficientes para atender la emergencia  y de la declaratoria se notifica a la Asamblea Nacional y a la Corte Constitucional.

MG/pv

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