La asambleísta Marisol Peñafiel presentó un proyecto de Ley Orgánica Intercultural para el Buen Vivir de las Juventudes que tiene como propósito regular, garantizar, desarrollar, proteger integralmente y promover mecanismos para efectivizar los derechos de las juventudes, con el fin de lograr el buen vivir y su participación política activa y protagónica, como actores estratégicos en el desarrollo del país, a través de políticas sociales, económicas, ambientales, culturales y recreativas, con el apoyo solidario de la comunidad organizada.
Esta propuesta se fundamenta en la participación de los jóvenes como un actor social, político, cultural y económico; la igualdad y no discriminación en el goce y ejercicio pleno de los derechos garantizados en la Constitución; especificidad y heterogeneidad; integralidad; igualdad de género; interculturalidad; responsabilidad del Estado, la sociedad, la familia.
Según la propuesta el Defensor del Pueblo creará la defensoría de las juventudes, cuya función será la defensa de los derechos, garantías y prerrogativas consagradas en beneficio de los jóvenes, de conformidad con las disposiciones constitucionales y legales pertinentes, así como de generar los mecanismos necesarios para la restitución de los derechos que hayan sido vulnerados.
Se establece que los funcionarios y autoridades judiciales y administrativas, que por cualquier medio tengan conocimientos de la violación a los derechos de la persona joven, están obligados a denunciar a la autoridad competente en un plazo máximo de 48 horas.
La normativa establece los derechos a la participación y organización social, a la educación, salud integral y de calidad, derechos sexuales y reproductivos, a la profesionalización y empleo digno, derechos culturales, identidad y recreación; deberes de los jóvenes, las familias y la sociedad; responsabilidades de los gobiernos autónomos descentralizados. Se establecen infracciones y sanciones que van desde un salario básico unificado, hasta una remuneración mensual completa del funcionario.
JLVN/pv