Presentan proyecto para la condonación de pago de intereses y multas de agua y alcantarillado para los sectores más pobres

Viernes, 16 de abril del 2010 - 17:25 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El proyecto presentado por el asambleísta Carlos Samaniego Escudero  plantea básicamente condonar el pago de intereses y multas a todos los usuarios por el servicio público de agua potable y alcantarillado que adeudan facturas, títulos de crédito pendientes de pago y juicios coactivos a las empresas, instituciones o entidades que brindan el servicio de agua potable en el país, siempre que en forma previa paguen el capital adeudado, con lo cual se eliminarían los cuantiosos intereses de mora impagables.

Carlos Samaniego aclaró que esta normativa no afecta, perjudica ni resta las atribuciones conferidas a los gobiernos autónomos descentralizados o a las empresas, instituciones o entidades que brindan el servicio de agua potable en el país, ya que sus competencias y atribuciones se mantienen intactas; sin embargo su contribución, será de gran beneficio social y humano especialmente para los sectores más pobres.

El proyecto establece que se dan de baja las facturas y títulos de crédito por concepto de facturación de agua potable y alcantarillado que se encuentren pendientes de pago y que hubieren sido emitidas hasta la fecha de promulgación de la presente ley, ya sea por no haber recibido el servicio, por no existir redes o infraestructura necesaria en el sector.

Los usuarios que tengan bienes inmuebles con conexiones de acometida del servicio público de agua potable y que hasta antes de la vigencia de esta ley hayan impugnado las respectivas facturas por exceso en el cobro y no se encuentre resuelto el reclamo, tendrán derecho a que se les facture el consumo estimando un promedio en el sector donde se encuentra el inmueble dentro del período reclamado.

Prevé que los beneficios otorgados por esta ley se aplicarán dentro del plazo de 180 días, a partir de su publicación en el Registro Oficial. Quienes hayan suscrito convenios o transacciones legalmente celebrados y cancelen sus pagos parciales en mora dentro de este plazo no están obligados a pagar nuevos intereses sobre ellos.

En las disposiciones transitorias se determina que se dan de baja los títulos de crédito y facturas que contengan deudas tributarias, capital, interés y multas por obligaciones anteriores al 1 de enero de 2005, por concepto del servicio público de agua potable y alcantarillado.

Señala que los recursos recaudados por efectos de esta ley se destinarán exclusivamente a obras de inversión y mantenimiento de las instalaciones de agua potable y alcantarillado y a difundir políticas públicas suficientes para concienciar a la ciudadanía sobre la importancia del agua y el consumo nacional de este líquido vital, en los sectores correspondientes a cada empresa, institución o entidad que brinde el servicio de agua potable.

JLVN/pv

 

 

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