Propone proyecto de Ley para Despenalizar el Desacato y Eliminar Obstáculos a la Libertad de Expresión

Martes, 03 de mayo del 2011 - 20:42 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El asambleísta César Montúfar prepara un proyecto de Ley para Despenalizar el Desacato y Eliminar otros Obstáculos a la Libertad de Expresión, mismo que tiene por objetivo dotar de los instrumentos jurídicos para garantizar plenamente la libertad de expresión de la ciudadanía.

 

 

Indicó que en el Código Penal se mantienen tipificaciones relativas a delitos de ofensas contra funcionarios públicos, desacato y ciertas modalidades de injuria, que constituyen formas directas o indirectas de restricción del derecho de libertad de expresión, mismos que deben eliminarse. Por tanto, propone modificar los artículos 128, 153, 230, 231, 232, 493 y eliminar el 133 del Código Penal.

En este marco, plantea que en el artículo 128 se elimine la frase “vilipendiado” y diría: el que públicamente incitare o fomentare por cualquier medio el separatismo, o el que ofendiere o cometiere cualquier burla o desacato, con palabras o acciones, contra la Bandera, el Escudo o el Himno de la Patria, será reprimido con prisión de seis meses a tres años y multa de 44 a 87 dólares.

Montúfar al referirse al artículo 153 del Código Penal señaló que se lo debería tipificar como una sanción administrativa y no como delito penal, cuando una persona promoviere, dirigiere u organizare desfiles o manifestaciones públicas en las calles, plazas u otros lugares abiertos, sin permiso escrito de autoridad competente en el que se determinen el objeto de la reunión, el sitio, día y hora en que ha de verificarse, mismo que sería sancionado con multa de 500 a mil dólares.

Si en los eventos descritos se produjeren actos vandálicos en los que se dañaren bienes públicos o privados, sus promotores o dirigentes serán además reprimidos con prisión de uno a tres meses, sin detrimento de que los hechos ocurridos constituyan un delito independiente y sus autores sean sancionados por ello.

En los artículos 230, 231 y 232 se establece que quien obstaculizare el desplazamiento del Presidente de la República y/o impida la realización de sus actividades oficiales, será reprimido con uno a seis meses de prisión y multa de 100 a 500 dólares; así mismo, el que impidiere a los servidores públicos la realización de sus actos oficiales será reprimido con prisión de ocho días a un mes y multa de 100 a 500 dólares; y, el que faltare al respeto a cualquier funcionario público cuando se hallare instalado o en ejercicio de sus funciones, con palabras, gestos o actos que interrumpieren el acto en que se halla, será reprimido con prisión de ocho días a un mes, lo cual consagra la igualdad que debemos tener todas las personas, señaló César Montúfar.

También propone reemplazar el artículo 493, por el siguiente: serán reprimidos con uno a tres años de prisión y multa de seis a 25 dólares quienes a través de medios de comunicación, realizaren imputaciones en contra de las autoridades, que constituyan injuria calumniosa, por tanto, no se considerarán injurias, las narraciones y aseveraciones periodísticas de hecho que podrían ser interpretados como delitos; tampoco se considerarán injurias a la autoridad, las expresiones, información u opinión que se crea que ofenden o insultan a servidores públicos en el ejercicio de sus funciones o a candidatos a ocupar cargos de elección popular.

Finalmente, Montúfar señaló que el anteproyecto será puesto en consideración del Colegio de Periodistas, la UNP, medios de comunicación masivos, universidades que tengan facultades de periodismo o comunicación, así como a los asambleístas a fin de que aporten con sugerencias para enriquecer el texto del documento y en un plazo de 15 días, presentarlo al Presidente de la Asamblea y a los integrantes del Consejo de Administración Legislativa para que dispongan el trámite pertinente.

JLVN/pv

 

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador