Proyecto de Ley de Juventud y reformas a la Ley del Anciano serán tramitadas en la Comisión de Derechos Colectivos

Miércoles, 04 de enero del 2012 - 16:56 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Por resolución del Consejo de Administración Legislativa (CAL), la Comisión de Derechos Colectivos será el órgano encargado de analizar y preparar los respectivos informes de los proyectos de Ley Orgánica de Juventud, de iniciativa de las asambleístas Marisol Peñafiel y Nivea Vélez; y, las reformas a la Ley del Anciano, de autoría del parlamentario Paco Fierro.

 

Ley de Juventud

El proyecto presentado por la asambleísta Marisol Peñafiel, que cuenta con el respaldo de diversos sectores organizados, reconoce a los jóvenes como sujetos de derechos, como actores estratégicos del desarrollo del país y como personas capaces de ejercer responsablemente sus derechos y libertades, por tanto, la normativa busca garantizar la participación protagónica de los y las jóvenes en el proceso de diseño, ejecución y evaluación de las políticas públicas que garanticen una vida digna para toda la juventud del país, señala la proponente.

El cuerpo legal tiene por objeto regular y desarrollar los derechos, deberes y garantías de las y los jóvenes, con la finalidad de fomentar las oportunidades para su pleno desarrollo humano, de manera integral, insertándolos en el proceso de desarrollo nacional mediante políticas públicas del Estado, con la participación solidaria de la sociedad y la familia.

En cambio, la propuesta de la asambleísta Nivea Vélez, tiene como finalidad la protección integral de los derechos de los jóvenes en el Ecuador, para lograr su pleno desarrollo como actores estratégicos del progreso del país. Con este fin el proyecto regula los mecanismos para hacer efectivos sus derechos, garantizarlos y protegerlos conforme a la Constitución. Son sujetos protegidos por la presente ley todas las personas comprendidas entre los 18 y 29 años de edad.


Reformas Ley del Anciano

El objetivo fundamental es garantizar y hacer efectivos los derechos del adulto mayor, consagrados en los artículos 36, 37 y 38 de la Constitución, para lo cual el Ministerio de Inclusión Económica y Social, coordinará con las demás instituciones del sector público, de manera especial con el Ministerio de Salud y Gobiernos Autónomos Descentralizados, la creación de los Consejos de Protección del Adulto Mayor.

La propuesta plantea que el adulto mayor que carezca de recursos económicos para su subsistencia, acudirá ante uno de los jueces de los civil del cantón en que resida y solicitará que uno o varios de sus descendientes en primer grado de consanguinidad (hijos) le provea de una pensión alimentaria mensual, la que será establecida por el juez en base a la situación económica del o los alimentantes. El proyecto contiene 10 artículos y uno final.

JLVN/pv

 

 

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador