Reformas a Ley Orgánica de la Función Legislativa debatirá el Pleno mañana

Miércoles, 21 de octubre del 2009 - 21:03 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La primera vicepresidenta de la Asamblea Nacional, Irina Cabezas, convocó a la sesión 011 del Pleno, para este jueves 22 de octubre de 2009, a las 10h30, para tratar en segundo debate el proyecto de reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa.

Las reformas se refieren a la integración del Consejo de Administración Legislativa (CAL),  según lo previsto en el informe para segundo debate que fue presentado por la  Comisión de Justicia y Estructura del Estado, presidida por María Paula Romo.

En el informe, se determina que en caso de existir más de cuatro bancadas legislativas, todas ellas podrán proponer candidatos de entre sus miembros; los cuatro vocales serán elegidos por la mayoría absoluta de la Asamblea, debiendo ser de diferentes bancadas. En caso de no existir las bancadas suficientes para la designación de los cuatro vocales, éstas podrán nominar a cualquier integrante de la Asamblea Nacional, que no forme parte de una ya representada en el CAL, para completar el Consejo.

Así también estipula que en el plazo de hasta 8 días siguientes a su integración, las comisiones se instalarán bajo la coordinación provisional del primer asambleísta designado para esta comisión y procederán a la elección, por separado, de una presidenta o presidente y una vicepresidenta o vicepresidente. Si vencido este plazo no se hubiere elegido a cualquiera de estas dignidades, será el Pleno de la Asamblea Nacional el que por mayoría absoluta de sus miembros elija a dichas dignidades.

Además, dentro de las funciones de las comisiones especializadas, Art. 26, se incorpora la de discutir, elaborar y aprobar por mayoría absoluta los informes a los proyectos de ley previo a ser sometidos a conocimiento y aprobación del Pleno de la Asamblea Nacional, pudiendo reformarlos, ampliarlos, restringirlos o cambiar la categoría de la ley.

Según el documento, el CAL, calificará los proyectos de Ley remitidos por el Presidente de la Asamblea y verificará que se refiera a una sola materia, sin perjuicio de los cuerpos legales a los que afecte; también se modifica el plazo de 60 a 30 días para contestar motivadamente a los proponentes del proyecto de ley, la resolución que se ha tomado respecto del trámite de su propuesta.

En materia de control político, se determina que la comisión especializada conocerá el pedido y requerirá por escrito al funcionario público que conteste nuevamente o que complete la información. Si el funcionario, en un plazo de diez días, no contestare o no completare la información o lo hiciere insatisfactoriamente, deberá comparecer personalmente ante la comisión, en un plazo de diez días, previa convocatoria. Si no compareciere, será causal de enjuiciamiento político.

WVB/pv

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