Sanción más drástica para enriquecimiento ilícito, tráfico de influencias y usura

Viernes, 15 de octubre del 2010 - 19:28 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Dentro de los distintos proyectos de reformas a los Códigos Penal y de Procedimiento Penal, que estudia la Comisión de Justicia y Estructura del Estado, el Ejecutivo plantea sancionar el enriquecimiento ilícito con pena de tres a seis años de reclusión menor ordinaria y restitución del monto obtenido indebidamente; el juez dispondrá la respectiva inscripción de la sentencia en el Registro de la Propiedad del cantón o en Registro Mercantil.

Usura, minería ilegal..

Igualmente, el mandatario propone que quien otorgue créditos con intereses  superiores  a los legalmente permitidos, será sancionado con pena de reclusión menor ordinaria de tres a seis años y multa de 100 a 500 remuneraciones básicas unificadas; y, la restitución de todo lo pagado a la víctima de manera ilegal.

Propone que si una persona instigare a un niño, niña o adolescente para la comisión de un delito, recibirá una pena de tres a seis años de reclusión menor ordinaria, según la gravedad del delito instigado.

Además, el Primer Mandatario es partidario que la maquinaria y equipos que sean utilizados en actividades ilegales de minería, extracción de madera y explotación de recursos naturales en general o al comercio clandestino de dichos recursos será objeto de comiso especial y sus autores o propietarios serán sancionados con multa de 500 a 1 000 remuneraciones básicas unificadas y prisión de uno a tres años.

Tráfico de influencias

De su parte, la asambleísta Mercedes Villacrés, representante de la provincia de Los Ríos, sugiere que toda persona que mediante el ofrecimiento de dádivas o promesas y valiéndose de las relaciones que tenga con autoridades o servidores públicos, influyere para obtener una resolución que pueda generarle beneficio económico para sí o para un tercero, será reprimido con prisión de seis meses a tres años y una multa equivalente a 10 salarios unificados.

MG/pv

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