Contenido del proyecto
El proyecto prevé que los miembros de la Comisión de la Verdad, creada por Decreto Ejecutivo No. 305 el 3 de mayo de 2007, gozarán de inmunidad civil, penal y administrativa por las conclusiones, análisis y develamiento de las circunstancias constantes en su informe final y cualquier otro documento hecho público por esta.
En caso de estimarlo necesario, antes o después de la presentación de su informe final, la Comisión de la Verdad requerirá a la Fiscalía General del Estado se acoja dentro de su programa de protección a víctimas y testigos, a sus miembros o a aquellas personas que hayan contribuido dentro del proceso de investigación realizada por la Comisión, siempre que se considere que su seguridad puede estar en riesgo.
Determina, también, que todos los aspectos relativos al procedimiento de protección, se mantendrán bajo estricta reserva, obedeciendo al principio de confidencialidad, obligación que deberá ser cumplida por todas las instituciones involucradas en el otorgamiento de la protección.
En la exposición de motivos del documento, se menciona que el Ecuador durante el período democrático, y en particular entre 1984 y 1988, se ha denunciado torturas, desapariciones, ejecuciones extrajudiciales y otros delitos graves y atentatorios a los derechos humanos, como parte de una política de Estado que debe ser esclarecida.
MG/pv