Socialismo propone que pleno de Asamblea resuelva pertinencia de juicio político

Viernes, 07 de mayo del 2010 - 21:03 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

La bancada del Partido Socialista puso a consideración de la Asamblea un conjunto de 12 reformas a la Ley Orgánica de la Función Legislativa (LOFL) orientadas a superar vacíos e imprecisiones de las normas que rigen los procesos de control político respecto del requerimiento de información, presentación de documentación y el enjuiciamiento.

Proponen que el Pleno de la Asamblea, en un solo debate, desarrollado previa convocatoria del Presidente de la Función Legislativa, con la mayoría absoluta de sus miembros, podrá resolver el archivo o allanar el enjuiciamiento político del funcionario. En todo caso, la Comisión de Fiscalización deberá presentar un informe que detalle, motivadamente, la recomendación de archivo del trámite, o la recomendación de juicio.

Funciones de la Comisión de Fiscalización

Según el proyecto, la Comisión de Fiscalización tendrá, entre otras, las funciones de recibir, analizar, procesar y tramitar las peticiones de fiscalización y control político a órganos del poder público y requerir a las servidoras y servidores públicos la información que considere necesaria; avocar conocimiento de las solicitudes de enjuiciamiento político y sustanciar el trámite previsto en la ley; iniciar, de oficio, la investigación sobre la actuación de cualquier funcionario público o sobre actos de interés ciudadano que hayan generado conmoción social o crisis política; y, presentar informes de su resultados, al Pleno de la Asamblea.

Se dispone, también, que en caso de empate, la Presidenta o Presidente de la comisión especializada permanente tendrá voto dirimente.

Será causal de enjuiciamento político, la denegación de información requerida o entrega incompleta de la misma, por parte de las servidoras o servidores públicos señalados en el artículo 131 de la Constitución Política.

Los demás servidores que incurrieren en actos descritos anteriormente, o por falta de comparecencia a una determinada convocatoria prescrita en el Art. 76 de la LOFL, serán sancionados, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar, con la destitución del cargo y la multa equivalente a la remuneración de dos meses de sueldo o salario que se halle percibiendo a la fecha de la sanción.

Informe para segundo debate

Adicionalmente, el Colectivo Socialista plantea que se incremente de 45 a 60 días el plazo para la presentación del informe para segundo debate de los proyectos de ley; el o los informes de minoría se pondrán a conocimiento y lectura en el Pleno.

La comisión especializada podrá pedir por una sola ocasión justificadamente al Presidente de la Asamblea la prórroga que considere necesaria.

El proyecto está respaldado por los asambleístas Silvia Salgado Andrade, Marisol Peñafiel, Tomás Zevalos, Pedro de la Cruz, Eduardo Encalada y Zobeida Gudiño.

MG/pv

Av. 6 de Diciembre y Piedrahita · Teléfono: (593)2399 - 1000 | Quito · Ecuador