Solicitan ampliación de plazo, hasta el 6 de febrero, para presentar informe del Código de Organización Territorial

Viernes, 18 de diciembre del 2009 - 17:14 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

Con la finalidad de llegar a un consenso entre las prefecturas, municipios, juntas parroquiales y los asambleístas, sobre el cálculo y distribución de los fondos que recibirán anualmente del Presupuesto General del Estado los gobiernos autónomos descentralizados, la Comisión 8 solicitó la ampliación de la prórroga, hasta el 6 de febrero del próximo año, para presentar el informe previo al segundo debate.

Así lo anunció el titular del organismo, Virgilio Hernández, en compañía de varios asambleístas miembros del mismo, al afirmar que el cálculo para la distribución del presupuesto es un “tema sensible” que merece una ampliación del diálogo, para tener un Código Territorial que garantice una autonomía con solidaridad, participación equitativa en la distribución económica, un real ejercicio de las competencias, el desarrollo de las circunscripciones territoriales, entre otras bondades del cuerpo legal.

Respecto al supuesto perjuicio para los gobiernos autónomos descentralizados, en 257 millones de dólares en el presupuesto del 2010, si se aplica la fórmula propuesta del Ministerio de Finanzas, Hernández enfatizó que la Comisión recién entrará al análisis del tema y que el articulado será elaborado con base al consenso con los sectores involucrados.

“El Título sobre los recursos económicos que tenemos que incluir en el Código Orgánico de Organización Territorial tiene que armonizar el viejo esquema, que tenía 19 leyes, a través de las cuales se transferían recursos a los gobiernos autónomos, con las disposiciones de la nueva Constitución...”, precisó.

Además se incluirán los criterios constitucionales de distribución por población, Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI) y reconocimiento de los esfuerzos que realizan los propios GAD para mejorar sus recursos. A esto se sumarán las consideraciones de un presupuesto para las Juntas Parroquiales Rurales, que antes de la Constitución de Montecristi no tenían asignaciones.

Añadió que se “buscará que la propuesta de distribución de los recursos sea consensuada y que preserve los intereses de los gobiernos autónomos descentralizados, en el marco de la unidad nacional”.

Excepto el tema de la distribución anual de los fondos, el Código ya cuenta con 610 artículos, cinco disposiciones generales, 19 transitorias y una final.


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