Tres leyes aprobadas por la Asamblea, en su primer mes de gestión

Miércoles, 02 de septiembre del 2009 - 17:59 Imprimir Elaborado por: Sala de prensa

El Pleno de la Asamblea Nacional, en sus primeros 30 días de gestión, ha emitido tres leyes. Se trata de la Ley del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, cuya objeción parcial se aceptó con 68 votos; la Ley reformatoria a la Ley Orgánica de Régimen Provincial, aprobada con 107 votos; y, la Ley Orgánica reformatoria al Mandato Constituyente Nº 10, que determina la portabilidad de las líneas telefónicas móviles, entre las tres operadoras.

Consejo de Participación

Tras la aceptación de las 14 observaciones constantes en la objeción parcial del Presidente de la República al proyecto de Ley del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, se viabilizó la normativa que regula la organización, funcionamiento y atribuciones de este organismo; promueve e incentiva el ejercicio de los derechos relativos a la participación ciudadana, impulsa y establece los mecanismos de control social, así como los procedimientos para la designación de las autoridades que le corresponde,  de acuerdo con la Constitución y la ley.

Esta ley fortalece los principios de coordinación, complementariedad y trabajo articulado entre los diferentes organismos de la Función de Transparencia y Control Social, las demás funciones del Estado y el régimen autónomo.

El Consejo de Participación Ciudadana es uno de los órganos que integran la denominada “Quinta Función”, conformada además por la Contraloría General del Estado, la Defensoría del Pueblo y las superintendencias.

Régimen Provincial

La segunda ley, la reformatoria a la Ley Orgánica de Régimen Provincial, armoniza el texto de la ley secundaria con la nueva estructura de los consejos provinciales, prevista en el Art. 252 de la Constitución de la República, a fin de que estos cuerpos colegiados puedan funcionar con normalidad, hasta que se dicte el Código Orgánico de Organización Territorial, que regulará el accionar de los gobiernos autónomos descentralizados.

Para tal efecto, la ley establece que el alcalde nombrará a su delegado, cuando él no pueda concurrir al Consejo Provincial. En el caso de la representación de las juntas parroquiales rurales se considerará lo siguiente: en las provincias que tengan hasta 100.000 habitantes del área rural, participarán tres presidentes de juntas; en las que tengan 100.001 hasta 200.000, cinco representantes; y, en las provincias que tengan más de 200.001 habitantes, siete presidentes de juntas parroquiales.

También se determinan las atribuciones de la viceprefecta o viceprefecto, el régimen de remuneraciones de éste; las dietas, viáticos y subsistencias para quienes actúen como consejeros; la periodicidad de las sesiones del Consejo Provincial; las comisiones técnicas y especiales; y, el trámite para la sanción u objeción de las ordenanzas por parte de la Prefecta o Prefecto.

Portabilidad numérica

Este martes 1 de septiembre, la Asamblea Nacional, con 64 votos a favor, 28 negativos, cuatro blancos y trece abstenciones, aprobó en segundo debate el proyecto de reformas al Mandato Constituyente Nº 10, por el cual se establece que hasta el 12 de octubre próximo se aplicará la portabilidad numérica, es decir que los propietarios de teléfonos celulares podrán mantener su número, aún cuando se cambien de empresa operadora o de red.

Se determina que “el proceso para permitir la portabilidad numérica en los servicios móviles de telecomunicaciones, se iniciará a partir de la vigencia del presente mandato y su implementación se realizará hasta el 12 de octubre de 2009”.

Esta decisión del Legislativo beneficia a cerca de 10 millones de usuarios de la telefonía móvil, quienes recuperan el derecho de escoger con qué operadora contrata este servicio, en virtud de parámetros de eficiencia, calidad y precio.

EG/pv

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