Comisión de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio

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El Catastro Nacional Georreferenciado como Eje de la Reforma a la LOOTUGS

Miércoles, 11 de marzo del 2026 - 21:00 Imprimir

La Comisión de Gobiernos Autónomos aprobó con seis votos el informe para segundo debate del proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS). La iniciativa tiene como uno de sus pilares fundamentales la consolidación del Catastro Nacional Integrado Georreferenciado y del Sistema Integrado de Información Geográfica para la Planificación Territorial, cuya administración se atribuye a la Superintendencia de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo, bajo estándares técnicos uniformes y criterios de interoperabilidad. La presidenta de la comisión, Lucía Pozo, destacó que la iniciativa fue construida con los aportes del Ministerio de Vivienda, gremios de los GAD, expertos, arquitectos y urbanistas, entre otros actores.

La reforma consolida definiciones técnicas, precisa la clasificación del suelo, refuerza la obligatoriedad de los planes parciales y fortalece los procedimientos de regularización prioritaria con criterios técnicos, ambientales y de mitigación de riesgos. Un aspecto central es el fortalecimiento de la Superintendencia de Ordenamiento Territorial mediante la ampliación y sistematización de sus atribuciones de vigilancia y control. También se clarifica el régimen sancionatorio y se incorporan mecanismos de responsabilidad ulterior en consultorías y construcción, adecuando además el procedimiento coactivo al Código Orgánico Administrativo.

El informe para segundo debate refleja un proceso legislativo ampliamente participativo y técnicamente fundamentado. La aprobación con seis votos evidencia el consenso alcanzado en la comisión sobre los contenidos centrales de la reforma, que propone una planificación territorial ordenada, la articulación interinstitucional y la transparencia en la gestión de la información territorial, fortaleciendo el control público y manteniendo el equilibrio entre la autonomía territorial, la función social y ambiental de la propiedad y la potestad estatal de regulación y supervisión.

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