La Secretaría General, a través de la Unidad de Gestión Documental, recepta la documentación dirigida a la Asamblea Nacional; garantizando su registro y direccionamiento hacia la autoridad o unidad administrativa competente.
Para el ingreso de documentación en la Asamblea Nacional, el usuario deberá verificar que el documento contenga la información mínima necesaria para su correcta identificación, registro y direccionamiento institucional, conforme a los siguientes requisitos:
Documentos con firma manuscrita
Los documentos signados con firma manuscrita deberán entregarse físicamente en la ventanilla de recepción documental, ubicada en la planta baja del Palacio Legislativo, dentro del horario oficial de atención.
Documentos con firma electrónica
Los documentos suscritos mediante firma electrónica válida deberán enviarse exclusivamente al correo electrónico institucional: ventanilla.virtual@asambleanacional.gob.ec
Para garantizar una adecuada recepción, la firma electrónica deberá estar vigente y ser verificable conforme a la normativa legal aplicable.
Los documentos que no contengan la información mínima necesaria podrán ser objeto de observación o requerir información complementaria para su correcta identificación y direccionamiento.
De igual manera, solicito la elaboración de un arte y su difusión a través de las redes sociales institucionales, con el propósito de dar a conocer a la ciudadanía este servicio y el procedimiento para el ingreso de documentación a la Asamblea Nacional.
La implementación de esta nueva opción en el portal institucional permitirá que la ciudadanía conozca los requisitos que debe cumplir para el ingreso de documentación.
Con ello, se optimiza el proceso de recepción documental al reducir las observaciones por información incompleta. Además, se mejora la eficiencia en el registro y la derivación de los documentos hacia las unidades administrativas competentes.