Oficina:
Sobre la base legal de lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, en concordancia con el artículo 25 del Reglamento de las Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales; la Comisión Especializada Permanente de Gobiernos Autónomos, Descentralización, Competencias y Organización del Territorio, pone en conocimiento de la señora Presidenta y del Pleno de la Asamblea Nacional, como de la ciudadanía, el “Informe No Vinculante sobre la objeción parcial del señor Presidente de la República al “Proyecto de Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles”.