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Pleno debatirá reforma que contiene penas por maltrato animal, medicamentos caducados, entre otras

Lunes, 09 de septiembre del 2019 - 16:33 Imprimir

El Pleno de la Asamblea Nacional continuará el segundo debate del proyecto de reformas al Código Orgánico Integral Penal. Su presidente, César Litardo, convocó a los legisladores para tratar el tema este martes, 10 de septiembre, a partir de las 10:00.

En esta ocasión, continuarán el análisis de los artículos relacionados con la comercialización de medicamentos caducados, falsificados o adulterados; maltrato animal; comercialización ilegal de hidrocarburos; ingreso de artículos prohibidos a centros de privación de libertad; procedimientos directo y expedito; medidas de protección y reparación de víctimas, entre otros.

En cuanto a la importación, almacenamiento, comercialización, distribución de medicamentos o dispositivos caducados, las reformas divide el tipo penal en dos: una para los medicamentos o dispositivos, con prisión de seis meses a dos años y otra para productos de uso y consumo humano, con sanción de seis meses a un año.  Cuando sean falsificados o adulterados se incrementa la pena de cinco a siete años.

Con las reformas también se aumenta la sanción por el maltrato animal que será de dos a seis meses de cárcel; el abuso sexual a animales de compañía de seis meses a un año; y la muerte de los mismos de seis meses a un año, pero si es el resultado de un acto de crueldad o tortura la pena será de uno a tres años. Plantea castigar con prisión de dos a seis meses las peleas de perros, así como con trabajo comunitario el abandono de mascotas.

El almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de hidrocarburos, gas licuado o biocombustibles se sancionará con pena privativa de libertad de seis meses a un año, cuando la cantidad sea menor a 20 galones o 300 kilogramos de gas. Si la cantidad es mayor la pena será de uno a tres años.

En este proyecto se incorporan castigos para el ingreso de artículos prohibidos a las cárceles. La persona que ingrese sustancias sujetas a fiscalización, armas, teléfonos celulares o equipos de comunicación recibirá privación de su libertad de uno a tres años. La misma pena se aplicará en el caso de que estos objetos se encuentren en posesión de la persona privada de libertad.

A fin de que los delincuentes peligrosos no puedan acceder a los beneficios procesales, las reformas al Coip proponen algunas reglas para aplicar el procedimiento directo, que es el que concreta todas las etapas de proceso en una sola audiencia. Propone que procederá únicamente en los delitos flagrantes sancionados con pena máxima privativa de libertad de hasta cinco años.

Excluye de este procedimiento a las infracciones contra la eficiente administración pública, delitos contra la integridad sexual o reproductiva, contra la inviolabilidad de la vida y libertad personal con resultado de muerte.

En los delitos de violencia contra la mujer y miembros del núcleo familiar, ordena que el otorgamiento de las medidas de protección a las víctimas será informal, sencillo, rápido y eficaz. En cambio, para la reparación integral, el fiscal fijará las medidas luego del anuncio de pruebas.                                                                                    

Fuente: LILA/Asamblea Nacional

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