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LA DISCAPACIDAD PROGRESIVA O DEGENERATIVA MERECERÁ UNA INMEDIATA RECALIFICACIÓN

Miércoles, 17 de abril del 2019 - 17:00 Imprimir

La Comisión del Derecho a la Salud continúa el estudio de los proyectos de reforma a la Ley de Discapacidades, en la línea de construir el informe para primer debate. Los parlamentarios, en esta ocasión, analizaron temas relativos al plazo de caducidad del carné, la recalificación, tomando en cuenta la condición de personas que sufren enfermedades catastróficas o degenerativas y la atención especializada, en base al trabajo del equipo asesor.

Según el documento, se considerará persona con discapacidad a toda aquella que, como consecuencia de una o más deficiencias físicas, psicosociales, mentales, intelectuales o sensoriales, con independencia de la causa que la hubiere originado, ve restringida permanentemente su capacidad biológica, psicológica y asociativa para ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria. Se incluye el caso del autismo.

Los beneficios tributarios previstos en esta ley, únicamente se aplicarán para aquellas personas cuya discapacidad sea igual o superior al treinta por ciento (30 %). Sin embargo, se aclara que aquellos ciudadanos que tienen menos del 30 %, incluso uno por ciento (1 %) son consideradas personas con discapacidad y recibirán determinados beneficios como tal.

Salud reproductiva

Las personas con discapacidad tendrán derecho a una atención especializada que les permita decidir cuándo y cuántas hijas e hijos tener. El Estado facilitará la información necesaria, en un lenguaje adecuado, de acuerdo con el tipo de discapacidad, que les posibilite tomar decisiones libres e informadas respecto a su salud sexual y reproductiva.

Además, el Estado, a través de los organismos pertinentes, emitirá las normas para garantizar este derecho, que incluirá los mecanismos para la erradicación de todo tipo de violencia en contra de este grupo poblacional.

Recalificación

Los comisionados se pronunciaron por establecer en la normativa, no en el reglamento, el tiempo o plazos para la calificación, recalificación o caducidad del carné, que no será menor a cinco años (5). En todo caso, aquellas personas que atraviesan enfermedades degenerativas tendrán prioridad en el proceso de revisión de su estado.

MG/

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