Comisión da respuesta contundente para evitar cobros indebidos en el sistema financiero

Martes, 02 de abril del 2019 - 09:43 Imprimir

Comisión da respuesta contundente para evitar cobros indebidos en el sistema financiero.

Con nueve votos a favor, la Comisión de Régimen Económico aprobó el informe para primer debate del proyecto de reformas al Código Monetario y a la Ley de Defensa del Consumidor, que tiene como objetivo evitar cobros indebidos por parte de las entidades del sistema financiero nacional. La normativa propone fortalecer las capacidades y competencias de los entes de control  para proteger los derechos de los ecuatorianos.

A través de la propuesta se busca desincentivar prácticas fraudulentas, prohibidas y/o abusivas; proteger el derecho a la privacidad de las personas en cuanto a la transmisión de datos.

Para ello, se establecen mecanismos para evitar y sancionar prácticas que violenten los derechos de los usuarios cuentahabientes, así como regular la gestión de los medios de pago electrónicos operados por instituciones del sistema financiero nacional y disponer al Banco Central su control, monitoreo y evaluación.

Se determina que los contratos por servicios no financieros podrán ser terminados unilateralmente por el usuario, socio y/o cliente, mientras que la terminación por parte del prestador del servicio no financiero solo podrá ser realizada en los casos previstos en la normativa vigente.

Según el proyecto, la Superintendencia de Bancos efectuará la vigilancia, auditoría, intervención, control y supervisión de las actividades financieras que ejercen las entidades públicas y privadas, con el propósito que atiendan al interés general, se sujeten al ordenamiento jurídico y eviten, prevengan y desincentiven prácticas fraudulentas, prohibidas y/o abusivas, tendientes a menoscabar o violentar los derechos de los usuarios.

También exige a las entidades controladas que mantengan un estricto control sobre los servicios que brindan a través de la banca electrónica e implementen las máximas seguridades que deban tomarse para precautelar el bienestar de los socios, clientes  o usuarios.

A efecto de restituir los derechos usuarios del sistema financiero nacional, los organismos de control deberán solicitar a las instituciones financieras la información referente a las características generales de los distintos productos, tasas de interés y, en general, sobre los servicios que se ofrecen, informará que será entregada en el plazo de 10 días, caso contrario, se aplicarán las sanciones previstas en el Código Monetario.

En materia de sanciones se establece que las personas naturales que divulguen, en todo o en parte, información sometida a sigilo o reserva, serán sancionadas con una multa de 35 salarios básicos unificados. En caso de que la divulgación sea efectuada por una persona jurídica se considerará como una falta grave y será sancionada con multa de hasta 0,005% de sus activos, la suspensión de los administradores hasta por 90 días y/o amonestación, sin perjuicio de la responsabilidad penal que corresponda.

Se prohíbe realizar llamadas telefónicas o visitas al domicilio del consumidor, para ello se requerirá la autorización previa del cliente.

JLVN

Franco Romero
Asambleísta por El Oro Independientes

Asambleísta por la provincia de El Oro | Presidente (e) de la Comisión Del Régimen Económico y Tributario y su Regulación y Control |

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