En el marco del proceso de evaluación y seguimiento de la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles, con especial énfasis en lo dispuesto en el artículo 94, referente a los requisitos, condiciones y edad para solicitar la rectificación de la identidad de género, la comisión recibió la comparecencia del Ministro de Salud y del Defensor del Pueblo, o sus respectivos delegados, quienes presentaron criterios institucionales y observaciones técnicas relacionadas con la aplicación de esta normativa.
Durante sus intervenciones se abordaron aspectos jurídicos, administrativos y sociales vinculados al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, aportando elementos de análisis para fortalecer el seguimiento de la norma y garantizar un adecuado tratamiento desde las competencias de cada institución.