SESIÓN N. 148-CECCYT-2016

Jueves, 17 de noviembre del 2016 - 15:45 Imprimir

1.- Conocimiento y análisis del Oficio No. T.7137-SGJ-16-645 de 09 de noviembre de 2016 (Trámite No. 266465) remitido por el señor Presidente Constitucional de la República, Econ. Rafael Correa Delgado, que contiene la OBJECIÓN PARCIAL al PROYECTO CÓDIGO ORGÁNICO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS, LA CREATIVIDAD Y LA INNOVACIÓN (Código INGENIOS).

2. De conformidad con el artículo 25 del Reglamento de las Comisiones Especializadas Permanentes y Ocasionales, análisis, elaboración y aprobación del INFORME NO VINCULANTE correspondiente de la OBJECIÓN PARCIAL al PROYECTO CÓDIGO ORGÁNICO DE LA ECONOMÍA SOCIAL DE LOS CONOCIMIENTOS, LA CREATIVIDAD Y LA INNOVACIÓN (Código INGENIOS) remitida mediante el precitado Oficio No. T.7137-SGJ-16-645 de 09 de noviembre de 2016.

La Comisión de Educación conoció la objeción del presidente de la República, Rafael Correa, al proyecto de Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación (Ingenios). La Comisión considera que los cambios propuestos son de forma y que corrigen la redacción del texto. El lunes en la tarde votarán el informe para que se lo analice en el Pleno.

El Ejecutivo observó 19 artículos de los 628 que tiene el proyecto. Además corrigió dos disposiciones generales, dos transitorias y dos reformatorias. En el articulado plantea que las instituciones de educación superior también reciban incentivos tributarios, tal como lo harán los actores del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales, a fin de que realicen actividades para la producción de los conocimientos, creatividad e innovación.

Sugirió correcciones sobre las líneas de crédito preferentes para el fortalecimiento del talento humano de quienes se dedican a esta actividades. El régimen plantea que deben ser coordinadas con la Secretaría de Educación Superior para que tengan los efectos deseados y produzcan resultados favorables.

Pidió que la contratación del investigador científico que no se encuentre en la carrera de investigador científico se lo haga en el sector público y privado; que las instituciones de educación superior establezcan mecanismos para el desarrollo, apoyo y soporte a los emprendimientos; y, que en cuanto a la migración tecnológica se considere la criticidad del software y si cumple los estándares para las actividades que realizan estas instituciones.

En este mismo tema, el Mandatario precisó la Disposición Transitoria Décimo Tercera, para que instituciones obligadas a utilizar el software libre migren a esta plataforma en un plazo de hasta 5 años.

También sugirió cambios en dos disposiciones reformatorias a la Ley de Educación Superior. En la una aclara que serán considerados servidores públicos únicamente los profesores, técnicos, docentes, investigadores, entre otros relacionados con esta rama de institutos de educación superior públicos. En la otra, que se relaciona a las comisiones de servicio para reuniones, conferencias, pasantías, visitas de observación, posgrado plantea que deberán devengar a favor del Estado los conocimientos adquiridos.

En la disposición que reforma la Ley Orgánica de Régimen Especial de la Provincia de Galápagos, que establece que el 5% de los ingresos que perciba el Consejo de Gobierno del Régimen Especial se destine a financiar proyectos y programas de investigación responsable, sugiere que se precise que será de la tasa de ingreso y conservación de las áreas naturales protegidas.

 

Herman Moya
Asambleísta por Napo Alianza PAIS

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