MARCELO FARFAN INTERVINO EN PRESENTACION DE LAS FUERZAS VIVAS LA VOZ DE MANABI SE ESCUCHO

Jueves, 05 de mayo del 2016 - 15:36 Imprimir

En estos momentos de angustia y de desesperación, el doctor Marcelo Farfán, Rector de la Universidad “San Gregorio” de Portoviejo, intervino en el Pleno de la Asamblea Nacional, sesión número 384, a nombre y en presentación de las fuerzas vivas de la Provincia de Manabí para hacerles conocer a los Asambleístas varias propuestas concretas con el fin de que las mismas sean tomadas en cuenta y acogidas en el Proyecto de Ley Solidaria y de Corresponsabilidad Ciudadana por la Afectación del Terremoto enviado a la Asamblea Nacional con el carácter de urgencia económica por el Presidente de la República y que están siendo tratadas en estos momentos.

Dichos planteamientos fueron aprobados y consensuados por los diferentes sectores sociales de la Provincia de Manabí reunidos en asamblea pública y abierta en la Ciudad de Portoviejo. El doctor Farfán participó en la Comisión General dentro del primer debate de dicho proyecto y pidió a los asambleístas que acojan importantes propuestas a favor de los damnificados y de las zonas afectadas tales como:

- Que se incorporé en esta ley la conformación de Reconstrucción y reactivación productiva creado mediante Decreto Presidencial No 1004 de 26 de abril de 2016. Y que su comité técnico tenga su se de en Portoviejo

-Que los recursos económicos obtenidos para este fin sean de uso exclusivo en la cuenta especial creada parta este efecto en el Presupuesto General del Estado. Que la reconstrucción de Manabí se lo haga con mano de obra de manabitas.

- Que el incremento del IVA no sea generado por las personas naturales y jurídicas de Manabí y

la zona sur de Esmeraldas.

-Que las acciones y procedimientos coactivos iniciados por las instituciones del sector público, antes del terremoto, se suspendan por el plazos de dos años

-Que la remisión de los intereses, multas y recargos derivados de toda obligación tributaria y fiscal no esté dirigida únicamente a quienes hayan sufrido una afectación económica directa en sus activos sino también en el giro del negocio; en igual sentido se procederá para con las obligaciones tributarias administrativas de los GADS. La remisión procederá no sólo cuando los bienes de estos organismos hayan sufrido una afectación total o parcial sino que también cuando sus dependencias no hayan podido restablecer sus actividad.

-Que para la reconstrucción de las zonas afectadas la banca privada, que deberá aportar el 1% de sus depósitos cortados al 31 de diciembre de 2015, (aproximadamente USS 250 millones), los mismos que serán desembolsados en el plazo de tres años. Para permitir que la banca privada participe de ese fondo, se deberá mediante ley eliminar, debido al estado de excepción y emergencia en que se encuentra la Provincia de Manabí y la zona sur de Esmeraldas, la prohibición que tienen los bancos para invertir en vehículos no bancarios

-Que se suspenda en la Ley de Seguridad Social por el plazo de dos años los efectos jurídicos que se refieren a los intereses, recargos y multas por la prestación de servicios médicos en mora.

-Que en los próximos dos año se reduzca a 0,06 centavos el valor final facturado del kilovatio hora facturado de uso domiciliario, comercial, agropecuario e industrial de las zonas afectadas

-Que la Corporación Financiera Nacional cree una línea de crédito especial por el monto de 150 millones de dólares para que sea concedido a todos los sectores productivos afectados en condiciones baldas: a 10 años plazo, con dos años de gracia y al 3% de interés; además, que se reestructuren todas las operaciones de crédito vencidas, a un plazo mínimo de 2 años y con un periodo de gracia de 6 meses, de acuerdo a la naturaleza del negocio.

-Que la Superintendencia de Banco expida una resolución por la cual exima de multas a todos los cheques que hubiesen sido protestados después del 16 de abril hasta el 15 de mayo de 2016 y que que hayan tenido su origen en cuentas corrientes de las zonas afectadas.

-Que se incorpore dentro del artículo 169 del Código de Trabajo la suspensión temporal de la jornada de trabajo. En caso fortuito o de fuerza mayor el empleador previo acuerdo con sus trabajadores y con la autorización de la autoridad de trabajo suspenderá la relación de trabajo por el lapso de hasta 6 meses, tiempo durante el cual no se generarán obligaciones entre las partes. Recuperada la capacidad económica del empleador, éste tendrá la obligación de reiniciar sus actividades con los mismos trabajadores.

Durante el tiempo que dure la suspensión, el trabajador a partir del día 31, contados desde la fecha de la suspensión, podrá solicitar ante el IESS sus fondos correspondientes al seguro de desempleo o a la censaría.

-Que se apruebe la remisión del pago del impuesto a las tierras rurales para el ejercicio fiscal 2016 en las zonas afectadas.

El doctor Marcelo Farfán dijo que la Provincia de Manabí aspira que estos planteamientos concretos y fundamentados sean tomados en cuenta por todos los señores asambleístas para la aprobación de la le Ley Solidaria y de Corresponsabilidad Ciudadana por la Afectación del Terremoto.

En estos momentos de angustia y de desesperación, el doctor Marcelo Farfán, Rector de la Universidad “San Gregorio” de Portoviejo, intervino en el Pleno de la Asamblea Nacional, sesión número 384, a nombre y en presentación de las fuerzas vivas de la Provincia de Manabí para hacerles conocer a los Asambleístas varias propuestas concretas con el fin de que las mismas sean tomadas en cuenta y acogidas en el Proyecto de Ley Solidaria y de Corresponsabilidad Ciudadana por la Afectación del Terremoto enviado a la Asamblea Nacional con el carácter de urgencia económica por el Presidente de la República y que están siendo tratadas en estos momentos.

 

Jupiter Andrade
Asambleísta por Manabí Avanza

Asambleísta por Manabí | Distrito: Circunscripción 1..

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