Comisión tratará proyecto de Ley reformatorio al Código del Trabajo y la Ley de Seguridad Social

Miércoles, 24 de febrero del 2021 - 14:45 Imprimir

Comisión tratará proyecto de Ley reformatorio al Código del Trabajo así como la Ley de Seguridad Social para la Implementación de Las Nuevas Modalidades Contractuales

Este miércoles 24 de febrero del 2021, a partir de las 15h30 de manera virtual, la Comisión Especializada Permanente de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social, realizará la Sesión N.º 055-CEPDTSS-2021.

En el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código del Trabajo, propuesto por la Asambleísta Rina Campaín Brambilla, se recibirá en Comisión General a un representante de la Universidad Andina Simón Bolívar con Sede en Quito, así como al Presidente del Colegio de Médicos de Chimborazo, para que expongan sus criterios ante el mencionado Proyecto de Ley.

Seguidamente y dentro del “Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código del Trabajo y a la Ley de Seguridad Social para la implementación de las Nuevas Modalidades Contractuales” propuesto por el ex asambleísta Vicente Taiano Basante, se recibirá la comparecencia del Director General del IESS Carlos Luis Tamayo, para que exponga sus criterios ante el Pleno de la Comisión.

Varios expertos en materia laboral, comparecerán en Comisión general y aportarán con sus conocimientos y observaciones, en cuanto al trabajo semiautónomo de las plataformas digitales, en lo referente al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código del Trabajo y a la Ley de Seguridad Social para la implementación de las Nuevas Modalidades Contractuales.

La presidenta de la Comisión Karina Arteaga Muñoz, destaca la importancia que tienen estos proyectos de ley, que beneficia a las y los trabajadores del país, trabajo que se viene realizando junto al equipo técnico de la Comisión Especializada Permanente de los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social.

En lo referente al Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código del Trabajo, en el artículo 1 numeral 37, establece conceder a los trabajadores, un periodo de vacaciones que no incluyan los días de descanso obligatorio semanal, los feriados u otro familiar.

El artículo 14.1 del “Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código del Trabajo y a la Ley de Seguridad Social para la implementación de las Nuevas Modalidades Contractuales”, del contrato de emprendimiento, refiere que los contratos individuales de trabajo, a plazo fijo podrán extenderse hasta tres años de duración, si tienen relación con personas naturales y jurídicas, que consten en el Registro Nacional de Emprendimiento contemplado en la Ley Orgánica de Emprendimiento e Innovación.

Karina Arteaga Muñoz
Asambleísta por Manabí Alianza PAIS

Asambleísta por la provincia de Manabí | Integrante de la Comisión De los Derechos de los Trabajadores y la Seguridad Social y de la Comisión de Fiscalización y Control Político |  Alianza PAIS - Unidad Primero Visita mi Perfil

 

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