PRESENTACION DEL PROYECTO DE LEY ORGANICA REFORMATORIA A LA LEY DE CULTOS

Domingo, 17 de julio del 2016 - 09:55 Imprimir

PRESENTACION DE L PROYECTO DE LEY ORGANICA REFORMATORIA A LA LEY DE CULTOS

En uso de las atribuciones que me concede el numeral 1 del Art 54 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, el pasado 7 de Julio del 2016, realicé la presentación  en el despacho de la Lcda. Gabriela Rivadeneira, Presidenta de la Asamblea Nacional, el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley de Cultos, con las firmas requeridas para que sea remitido al Consejo de Administración Legislativa (CAL) para los fines correspondientes.

La presente Ley, tiene por objeto garantizar el derecho de las personas a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado su religión o sus creencias y a difundirlas individual o colectivamente, con fundamento en lo dispuesto en la Constitución de la República e instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Ecuador

El Ecuador es un Estado laico y neutral en materia religiosa y no declara a ninguna religión como oficial. La Constitución garantiza el goce de derechos sin ninguna discriminación, bajo los principios de libertad de conciencia y expresión. Sin embargo, debo indicar que , la Ley de Cultos vigente desde el 23 de julio de 1937 es una norma desactualizada, que no contempla aspectos fundamentales que constan en la actual Constitución, por lo que propongo este proyecto de reformas a la Ley de Cultos.

Dentro de los motivos para proponer el proyecto, debo indicar  que la población ecuatoriana es fundamentalmente religiosa, lo que hace necesario que se reforme la Ley de Cultos, con el objetivo de que se mantenga, profese y practique voluntariamente la creencia religiosa, cambiar la que se profesaba o a no profesar ninguna en un ambiente de pluralidad y tolerancia.

Además se trata de garantizar la realización voluntaria de actos de culto, individual o colectiva, en público o privado, sin ninguna discriminación. Otro de los puntos es que se pueda solicitar y recibir voluntariamente asistencia religiosa de su propia fe o creencias, en hospitales, centros de detención o reclusión o en el lugar que se encuentre.

Uno de los puntos más relevantes que se propone es la garantía de reunirse, manifestarse y asociarse libre y voluntariamente para actividades religiosas o de otras creencias.

Liuba Cuesta
Asambleísta por Guayas Alianza PAIS

Asambleísta por la provincia de Guayas | Integrante de la Comisión De la Soberanía Alimentaria y Desarrollo del Sector Agropecuario y Pesquero |  Movimiento Patria Altiva i Soberana

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