GRAN INTERES GENERA PROYECTO DE LEY ORGANICA REFORMATORIA A LA LEY DE CULTOS
En el contenido de la exposición de motivos, considerando que el Ecuador es un estado laico, como tal es neutral en materia religiosa. Garantiza el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución sin discriminación alguna, asi como la identidad y libertad religiosa relacionada con dos principuos esenciales: La Libertad de Conciencia y la Libertad de Expresion.
De los 14 millones de habitantes, se estima que en el Ecuador el 88 % de la población es católica, mientras que el 12 % pertenece a otros grupos como protestantes, adventistas,mormones, testigos de jehová,ateos, musulmanes y judíos ortodoxos.
Datos que revelan que la población ecuatoriana es fundamentalmente religiosa; no obstante, la actual Ley de Cultos, promulgada el 23 de Julio de 1937, es una norma incompleta y desactualizada, que no contempla aspectos fundamentales, constantes en la actual Constitución, relativos a la materia.
El día de Hoy recibí en la oficina de la Asamblea Nacional al Director de la Libertad Religiosa de la Iglesia Adventista del Séptimo Día; para tratar temas referente al Derecho Humano a la Libertad Religiosa ,grupo religioso presente en el Ecuador desde el año 1904, siendo sus primeros representantes Thomas H. Davis y Esposa, radicados en la ciudad de Ambato. Misión Ecuatoriana del Norte tenía 32 iglesias y 132 congregaciones con un total de 13.230 miembros. La Misión Ecuatoriana del Sur tenía 36 Iglesias, 65 congregaciones y 14.933 miembros.
Por otra parte, hoy en día la intolerancia religiosa, está incrementandose considerablemente, vulnerando derechos, amenazando la paz mundial y generando conflictos de larga duración que han provocado la afectación y desplazamiento de millones de personas con terribles y lamentables consecuencias.
La intolerancia religiosa se genera ante el presupuesto de que la propia es la única religion verdadera, lo cual en muchas democracias modernas, está llevando a abrazar la idea de imponer "la religion correcta", lo cual es preocupante
El objetivo de esta propuesta es garantizar el derecho de las personas a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado su religión o sus creencias y a difundirlas individual o colectivamente, con fundamento en lo dispuesto en la Constitución de la República e instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Ecuador