Primer Debate Ley Reformatoria a la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial

Martes, 30 de abril del 2019 - 18:32 Imprimir

Colegas asambleístas, durante el 2018 se registraron 25.830 siniestros en las vías de nuestro país. Las provincias que registraron más casos fueron Guayas con 8.619 accidentes, Pichincha con 7.599, Azuay con 1.528, Tungurahua con 1.407 y Manabí con 1.173. Es decir: casi el 80% del total de los siniestros registrados por la Agencia Nacional de Tránsito ocurrieron tan solo en 5 provincias del país y –lo más alarmante- el 63% de todos los siniestros ocurrieron solo en dos provincias: guayas y pichincha.

Seamos claros, si frente a estas cifras, consideramos que el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización establece que son los gobiernos autónomos descentralizados municipales y regionales quienes tienen la RESPONSABILIDAD de planificar, regular y controlar el tránsito y transporte regional y cantonal, podemos identificar exactamente quienes tienen la OBLIGACIÓN de profundizar acciones concretas para disminuir el número de siniestros en nuestras vías. 

Todos estamos conscientes que se han endurecido las sanciones, se han aumentado las exigencias de capacitación en el transporte público, se han incrementado las regulaciones y los controles en las vías. Pero aún tenemos cifras alarmantes.

Durante el 2018, en Ecuador 2.151 personas fallecieron a causa de accidentes de tránsito y hasta abril del 2019 ya se registraban 320 víctimas mortales. Es urgente que se fortalezcan acciones para motivar el uso de elementos preventivos. Precisamente por esa razón, sugiero que después del artículo 203 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, se incuya un artículo innumerado que señale: “Toda persona pasajera de cualquier vehículo en movimiento debe usar el cinturón de seguridad.”

Es importante que todos los ecuatorianos entendamos que la respuesta a este problema no es responsabilidad solo de un sector de la sociedad. La cultura vial exige la construcción de una convivencia armoniosa, responsable y de respeto entre todos los que hacemos uso de las vías, sean estas aceras, rutas, caminos, ciclo vías, así como el hecho de que comprendamos cuales son nuestros deberes y derechos en el uso de estas vías, sobre todo porque en cualquier momento podemos tener el rol de conductores, ciclistas, motociclistas, peatones o más aún, de un peatón con discapacidad.

Por esa razón, sugiero se considere incluir en el artículo 2 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, un tercer inciso, que establezca: “Esta Ley debe considerar como su eje principal la difusión de la cultura de la Convivencia y Seguridad Vial entre todas las instituciones y usuarios de la vías.”

Es inaceptable: que más de 4.450 siniestros se hayan producido a causa de conducir desatento a las condiciones de tránsito, el principal distractor: el celular; que más de 2.200 accidentes se deban al irrespeto a las señales de tránsito; y, que el 16% de accidentes sucedan por conducir sobre los límites de velocidad. Todos ellos, problemas que ya se encuentran regulados pero que si consideramos las estadísticas, no se encuentran resueltos. Por esa razón, necesitamos el compromiso de todos. Antes que la sanción, la respuesta parecería pasar por la generación de campañas de concientización que si no se realizan seguirán costando cientos de víctimas en nuestras vías. Recuerden: el 80% de los casos se registran tan solo en 5 provincias.

Las autoridades responsables deben comprender que para mejorar la seguridad vial debemos poner atención a las estadísticas y plantear soluciones específicas a problemas específicos. Ello significa, por ejemplo, reconocer que las estadísticas evidencian que los días y horas con mayores siniestros a nivel nacional son los sábados desde las 19H00 hasta las 22H00 y los domingos desde las 02H00 hasta las 07H00, espacios en los que se encuentran disminuidos los agentes de tránsito.

Frente a ello sugiero que después del artículo 179 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, se agregue un artículo innumerado que señale lo siguiente: “Los agentes de tránsito laborarán de forma ininterrumpida en los horarios en los que se evidencian mayores siniestros en las vías.”

Las estadísticas también demuestran la importancia de los peatones en la seguridad vial, hasta septiembre de este año, se registraron más de 3.000 atropellos y 178 arrollamientos, y de lo indicado por la Agencia Nacional de Tránsito se estableció como una de las causas probables de estos siniestros que el peatón cruza la calzada sin respetar la señalización existente.

Es momento de estructurar un ecosistema de convivencia y seguridad vial que trabaje en el desarrollo de usuarios seguros, vehículos seguros, vías seguras, velocidades seguras y entornos seguros, que promuevan campañas regulares de concienciación, por lo que para cortar de raíz este problema se debe educar a los ciudadanos en cultura y  convivencia de seguridad vial.

Y mucha atención, esto también significa que se debe evitar todo tipo de abuso. Los conductores no pueden seguir pagando multas de las cuales nunca fueron notificados. Este abuso, deja en situación de vulnerabilidad a millones de ecuatorianos que no pueden responder ante una equivocación que los perjudique.  Para solucionar este problema, solicito se incluya en el tercer inciso del artículo 179 de la Ley Orgánica de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, la siguiente frase: “siempre y cuando el conductor sea notificado con la boleta de citación.”

La asambleísta por Pichincha @marcelaholguin considera que pese al endurecimiento de las exigencias sobre la capacitación de los transportistas, aun no se han evidenciado resultados. #LeyDeTránsito #Pleno549

Mira su discurso ▶️ https://t.co/XpSSz2sjtN pic.twitter.com/ycdncAugjf

— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) 30 de abril de 2019

Marcela Holguín
Asambleísta por Pichincha Revolución Ciudadana

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