La Comisión de Relaciones Internacionales analizó el informe para segundo debate del proyecto de Ley de Movilidad Humana, que tiene como objetivo regular el ejercicio de derechos, obligaciones, institucionalidad y mecanismos vinculados a las personas en movilidad humana.
El proyecto busca desarrollar y regular el ejercicio de los derechos y obligaciones de las personas en movilidad humana; normar el ingreso, tránsito, permanencia, salida y retorno de personas en movilidad humana desde o hacia el territorio ecuatoriano; establecer los requisitos y procedimientos para la obtención de una condición migratoria temporal o permanente y para la naturalización de personas extranjeras; y, determinar las competencias en materia de movilidad humana de las instituciones del gobierno central y de los gobiernos autónomos descentralizados.
Además regular los mecanismos para solicitar y obtener protección internacional del Estado ecuatoriano; fijar el reconocimiento de las personas apátridas y establecer los mecanismos necesarios para la progresiva erradicación de dicha condición; establecer competencias de las instituciones del Estado y los mecanismos para garantizar la prevención, atención, protección y reinserción a las víctimas de trata de personas y tráfico ilícito de migrantes; determinar lineamientos sobre las políticas públicas que el Estado desarrollará para alcanzar el retorno planificado de las personas ecuatorianas desde el exterior; regular el ejercicio de los derechos y obligaciones de las personas ecuatorianas retornadas; y, regular los documentos de viaje, tipología, uso y vigencia.