CÓDIGO DE SEGURIDAD: MINISTROS DE SEGURIDAD E INTERIOR DEFINEN POSICIONES

Viernes, 21 de abril del 2017 - 13:15 Imprimir

El Ministro Coordinador de Seguridad, César Navas, al referirse a la estructura del Servicio de Protección Público, que consta en el Libro Tercero del Código de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público, señaló que si bien hay que adaptar el rol de las Fuerzas Armadas a la nueva institucionalidad del Estado, en la Constitución no se determina que deben encargarse de la seguridad de las máximas autoridades del país. Pedro Solines, titular del Ministerio del Interior, coincidió con la tesis de Navas.

En el Artículo 158 se establece, con claridad, que las Fuerzas Armadas y Policía Nacional son instituciones de protección de los derechos, libertades y garantía de los ciudadanos. "Las Fuerzas Armadas tienen como misión fundamental, la defensa de la soberanía e integridad territorial y, complementariamente, apoyar en la seguridad integral del Estado de conformidad con la ley", agregó.

Pedro Solines, ministro del Interior, dijo estar de acuerdo con la exposición de César Navas e indicó que en la Constitución se determina que la protección interna y mantenimiento del orden público, son funciones privativas del Estado y es responsabilidad de la Policía Nacional.

Los funcionarios consideraron que la propuesta del Ejecutivo es clara en señalar que la seguridad de las máximas autoridades debe estar a cargo de una entidad pública, especializada, jerarquizada, civil, armada, dependiente del Ministerio del Interior, creada con el propósito de brindar una cobertura de seguridad integral a los sujetos y objetos de protección establecidos en esta Ley.

Las inquietudes de los parlamentarios se centraron en la necesidad de que el servicio de protección pública esté amparado en el marco constitucional, no generar malestar en el cuerpo policial, más aún cuando existen personas que cumplen esta función.

Se debatió la necesidad de que la entidad que se encargue de este trabajo mantenga coordinación con las Fuerzas Armadas y Policía Nacional.

María Augusta Calle, presidenta de la Comisión de Relaciones Internacionales, propuso que la redacción del artículo 168 del Libro III, se ajuste a lo que determina el artículo 393 de la Constitución, que prevé que el Estado garantizará la seguridad ciudadana a través de políticas y acciones integradas, para asegurar la convivencia pacífica de las personas, promover una cultura de paz, prevenir las formas de violencia y discriminación y la comisión de infracciones y delitos. La planificación y aplicación de esta política se encargará a órganos especializados en los diferentes niveles de gobierno.

Explicó que es indispensable que el poder político tenga mando real sobre los que dan la protección, por lo que cree que se puede crear una institucionalidad para que haga la planificación de la seguridad de la protección de las más altas autoridades del Estado y que coordine los servicios operativos de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas.

Mencionó que el servicio de protección de las máximas autoridades debería estar a cargo de la Policía Nacional a través de una unidad especializada, pero que exista la posibilidad de una relación directa de esta capacidad operativa entre la Policía y las Fuerzas Armadas.

JLVN/pv

María Calle
Asambleísta por Pichincha Alianza PAIS

Socióloga y Comunicadora es su formación profesional. Activista por los derechos humanos y el derecho a la comunicación, luchadora por la soberanía y autodeterminación de los pueblos, la libertad y la just..

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