Quiteña, doctora en Psicología Industrial y Magister en Gerencia y Liderazgo Educacional. Poseo una sólida carrera de 20 años como docente universitaria y 15 años de experiencia en Gestión de Talento Humano en el sector privado, aportaré una perspectiva única a la Asamblea Nacional como representante electa por Pichincha, circunscripción Centro-Norte, parte de la Comisión Permanente de Derecho al Trabajo y Seguridad Social.
Conversando sobre la presentación en la Asamblea Nacional del Proyecto de Ley Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia para garantizar el Principio de Interés Superior del menor como dicta la Carta Magna.
En este proyecto se prohiben las intervenciones médicas irreversibles de cambio de sexo en menores y que se regule estrictamente cualquier excepción con respaldo de una junta médica interdisciplinaria del sistema de salud pública.
Además, informamos que hoy presentaré en la Asamblea Nacional un proyecto de resolución para exhortar a la Corte Constitucional a no abrir la puerta al cambio de género en documentos de identidad para menores de edad.
Los niños deben crecer con libertad, cuidado y protección, sin decisiones irreversibles a una edad en la que aún no están preparados.
No es tema de ideología, ni política, ni religión, es sentido común y justicia para nuestra niñez.
La Diabetes Tipo 1 no es solo una enfermedad crónica, es una condición autoinmune que no es causada por malos hábitos. Quienes la padecen dependen de insulina de por vida y requieren chequeos médicos constantes, exámenes de laboratorio y monitoreo diario de glucosa. Esto representa un alto costo mensual que muchas familias no pueden asumir.
Si no se trata correctamente, puede causar complicaciones graves como neuropatía, enfermedades cardiovasculares e incluso amputaciones, generando mayores gastos en salud pública.
Por eso, es fundamental que la Diabetes Tipo 1 sea reconocida como una enfermedad catastrófica y es lo que propuse en la Comisión de Salud de la Asamblea Nacional. Esto garantizará acceso a tratamientos y atención médica especializada sin afectar el presupuesto del Estado, sino reduciendo costos al prevenir complicaciones.
La salud debe ser un derecho, no un privilegio. Incluir la Diabetes Tipo 1 en la lista de enfermedades catastróficas es un paso urgente y necesario.
He presentado este Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia para la Protección y Prohibición de Procedimientos Médicos y Terapias de Modificación de Sexo con el objetivo de evitar que a nuestra niñez y adolescencia se la afecte de manera irreversible en sus procesos de desarrollo y proyectos de vida.
En Forever Radio, explicamos la importancia de que ningún niño, niña o adolescente sea sometido a tomar decisiones que serán definitivas en la transformación de su cuerpo hasta que llegue a la mayoría de edad y tenga una cierta madurez para tomar esas decisiones.
El Proyecto deja en claro que se podrán realizar tratamientos médicos de reasignación, única y exclusivamente cuando exista un informe de una Junta Médica del sector público que lo avale, debido a incompatibilidades genéticas demostradas
Las personas deben tener el derecho a decidir sobre sus cuerpos cuando alcancen su madurez física y emocional, esto es en su mayoría de edad; acorde al principio constitucional del interés superior del niño
He presentado este Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia para la Protección y Prohibición de Procedimientos Médicos y Terapias de Modificación de Sexo con el objetivo de evitar que a nuestra niñez y adolescencia se la afecte de manera irreversible en sus procesos de desarrollo y proyectos de vida.
En Forever Radio, explicamos la importancia de que ningún niño, niña o adolescente sea sometido a tomar decisiones que serán definitivas en la transformación de su cuerpo hasta que llegue a la mayoría de edad y tenga una cierta madurez para tomar esas decisiones.
El Proyecto deja en claro que se podrán realizar tratamientos médicos de reasignación, única y exclusivamente cuando exista un informe de una Junta Médica del sector público que lo avale, debido a incompatibilidades genéticas demostradas
Las personas deben tener el derecho a decidir sobre sus cuerpos cuando alcancen su madurez física y emocional, esto es en su mayoría de edad; acorde al principio constitucional del interés superior del niño. #ProtecciónInfantil
He presentado este Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código de la Niñez y Adolescencia para la Protección y Prohibición de Procedimientos Médicos y Terapias de Modificación de Sexo con el objetivo de evitar que a nuestra niñez y adolescencia se la afecte de manera irreversible en sus procesos de desarrollo y proyectos de vida.
En Forever Radio, explicamos la importancia de que ningún niño, niña o adolescente sea sometido a tomar decisiones que serán definitivas en la transformación de su cuerpo hasta que llegue a la mayoría de edad y tenga una cierta madurez para tomar esas decisiones.
El Proyecto deja en claro que se podrán realizar tratamientos médicos de reasignación, única y exclusivamente cuando exista un informe de una Junta Médica del sector público que lo avale, debido a incompatibilidades genéticas demostradas
Las personas deben tener el derecho a decidir sobre sus cuerpos cuando alcancen su madurez física y emocional, esto es en su mayoría de edad; acorde al principio constitucional del interés superior del niño.
Se presentó un Proyecto de Ley Reformatorio al Código de la Niñez y Adolescencia para prohibir procedimientos médicos y terapias de modificación de sexo en menores de edad, evitando afectaciones irreversibles en su desarrollo.
El objetivo es que solo las personas con madurez física y emocional puedan tomar decisiones definitivas sobre su cuerpo al alcanzar la mayoría de edad.
El proyecto permite excepciones únicamente cuando exista un informe de una Junta Médica del sector público que avale la necesidad del tratamiento por incompatibilidades genéticas comprobadas.
Se fundamenta en el principio del interés superior del niño, priorizando su bienestar y protección.
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