ASAMBLEA APROBÓ LA LEY DE EFICIENCIA DE TRÁMITES

Martes, 14 de agosto del 2018 - 15:41 Imprimir

ASAMBLEA APRUEA LA LEY DE EFICIENCIA DE TRÁMITES

14 de agosto 2018

La Ley Orgánica para la Optimización y Eficiencia de Trámites Administrativos es sin duda una Ley trascendental dirigida a incrementar la eficiencia en los servicios que se entregan desde las instancias  públicas. Con la aprobación de la misma todos los ciudadanos tienen derecho a recibir de la Administración pública, una atención ágil y eficiente.

La Comisión de Régimen Económico cumplió con un gran desafío, la simplificación de trámites era fundamental para fomentar la productividad y la competitividad. No podíamos seguir alimentado prácticas burocráticas como el peregrinaje de las personas para la obtención de permisos o registros, o la entrega de la cédula y papeleta de votación para acceder a un servicio público determinado.  

Dentro de los aportes fundamentales de este Proyecto de Ley se destaca la Simplificación de Trámites para el emprendimiento, esta Ley permite agilitar la tramitología para el establecimiento de nuevos negocios mediante una verificación posterior de los requerimientos previstos por Ley a través de autoridades competentes.

Eso implica que la ciudadanía, en menor tiempo posible, pueda ejercer una actividad económica sin dilaciones de carácter administrativo, lo cual en estos tiempos ya no solo es un tema de oportunidad, sino de dignificar la calidad de vida de familias ecuatorianas, que dependen de los emprendimientos para solventar sus necesidades.

Por otro lado se propone la sistematización de la documentación, a efectos de evitar la duplicidad de recursos y pérdida de tiempo bajo la exigencia de requerir por más de una ocasión documentos personales que ya reposan en los archivos físicos y digitales de las Instituciones públicas, lo que constituye un avance sustancial para la agilidad de todos los trámites.

Ahora le corresponde a la ciudadanía exigir el cumplimento de esta Ley ante posibles arbitrariedades. No se puede obligar al ciudadano a presentar documentación con la que ya cuenta la Institución en sus propias dependencias o que reposa en el Sistema de Registro de Datos Públicos. Recordemos que el uso de la información que ya fue conferida por el usuario o por terceros a las dependencias públicas  es vinculante a todas las Instituciones del Estado y bajo ninguna circunstancia su uso puede quedar a la discrecionalidad de la autoridad o del servidor público.

Otro aporte innovador que realiza esta Ley es sin duda el Sistema de Compensación Fiscal que permite compensar o extinguir de forma total o parcial obligaciones tributarias adeudadas a la administración pública cuando esta mantenga deudas con personas naturales o jurídicas de derecho privado, esto nuevamente implica que se concentren los trámites con  el fin de evitar la duplicidad de esfuerzos, recursos, incluso económicos, talento humano y tiempo.

Es preciso destacar también la implementación del Sistema Único de Información de Trámites el cual estará dirigido por una entidad rectora que establecerá las regulaciones permanentes con el único propósito de implementar estándares que deben ser observados y cumplidos por todas las instituciones públicas para hacer efectiva la simplificación de trámites de la que cada una es competente.

Es fundamental mencionar que únicamente se exigirán los requisitos que estén vigentes al momento del inicio del trámite para aprobación de los planos con lo cual actuamos de forma coherente y consecuente con los principios constitucionales de seguridad jurídica y de retroactividad de la Ley, con ello queremos evitar que se exijan nuevos permisos, autorizaciones y demás títulos habilitantes que dilatan el acceso a un derecho tan esencial como el de la vivienda. Creemos firmemente que el derecho a una vivienda digna empieza en la simplificación de trámites para tener el acceso a ella.

Muchos ciudadanos, en especial los de las provincias Manabí y Esmeraldas, se verán beneficiados con el aporte que realiza esta Ley ante la imperativa necesidad que tienen para acceder a nuevas viviendas que se perdieron con el trágico terremoto del 16 Abril de 2016.

 

Esta ley viabiliza el uso pleno de la tecnología a través de la creación de  un sistema de pagos en línea para  trámites administrativos. Es decir, acerca la tecnología a los ciudadanos, estamos propiciando una relación de calidad y transparencia.

Conocer el estado de los trámites en línea, terminará con  los famosas colas y optimiza el uso del tiempo tanto para el ciudadano, como para el servidor público. Además permite el ahorro económico para el Estado en su conjunto.

La comisión de Régimen Económico ha realizado un análisis dirigido a favorecer a todos los ciudadanos por igual, a los grandes y pequeños empresarios.

Se han introducido reformas que podrían parecer secundarias pero que resultan claves para toda organización privada, pues permite tomar decisiones en menos tiempo. Por ejemplo: Se incorpora una disposición reformatoria a la Ley de Compañías relacionada con la posibilidad de realizar juntas generales por vía telefónica y convocar a las juntas de accionistas por medios electrónicos.

Igualmente se introducen mejoras al procedimiento de disolución de las  compañías, permitiendo que se realice a través de La Junta General de accionistas.

Las Reformas contempladas en esta Ley son puntuales y deben reflejarse en la calidad de la atención que merecen todos los ciudadanos. Este es el espíritu con el cual se ha trabajado en la Comisión.

Con la aprobación de esta importante Ley la simplificación, la agilidad, la eficiencia, la eficacia y la calidad en el servicio público al ciudadano debe ser una realidad.

Mariano Zambrano Vera

Vicepresidente Comisión de Régimen Económico

Asambleísta Movimiento Unidad Primero

Mariano Zambrano
Asambleísta por Manabí Alianza PAIS

Asambleísta por la provincia de Manabí | Integrante de la Comisión Del Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa | Unidad Primero - Alianza PAIS. Leer más

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