RENDICIÓN DE CUENTAS 2023

Miércoles, 28 de febrero del 2024 - 11:35 Imprimir

La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 83 numeral 11 señala que son deberes de las y los ecuatorianos "Asumir las funciones públicas como un servicio a la colectividad y rendir cuentas a la sociedad y a la autoridad, de acuerdo con la ley".

En su artículo 127 manifiesta que "Las asambleístas y los asambleístas ejercerán una función pública al servicio del país y estarán obligados a rendir cuentas a sus mandantes"

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FASE 1

FASE 2

FASE 3

Mariuxi Sanchez
Asambleísta por Orellana Revolución Ciudadana

Asambleísta por la provincia de Orellana

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